Renuncia a la Herencia.

Hola. A ver si me puedes ayudar. Ver-as: Mi padre falleció el pasado 09/12. No dejó testamento hecho, pues NO TENIA NINGÚN BIEN. Si bien, si que en el pasado contrajo una deuda con la Seguridad Social, de más de dos millones de pesetas. Esa deuda continúa impagada, lo que ocurre, es que al ser insolvente (cobraba una Pensión no Contributiva), en 1995, le enviaron la última notificación, una providencia de embargo. Bueno, que yo tenga constancia, porque, sabes perfectamente, que, si por cualquier error en la dirección, etc, no le hubieran podido notificar personalmente, supongo, hubieran publicado un Edicto, o directamente en el B.O.E, con lo cual, no supone garantía para mí lo de las notificaciones.
Hace poco, visité al secretario de un Notario, el cual me dijo que no me preocupara, pues si nosotros no aceptábamos la herencia (somos tres hermanos), nunca podían quitarnos nada en el futuro. Pero yo no me creo nada, porque he leído aquí en Internet, sobre la Aceptación Tácita de la Herencia, y, supongo que, si no hacemos nada, se entiende que es dicha aceptación tácita, con lo que nos podrían quitar algo, si ejecutan la deuda.
He pensado en ir los tres al Notario y hacer una renuncia a la herencia, pero también he leído, que eso tampoco es garantía, ya que, si los acreedores tuvieren constancia de la misma, pueden oponerse a ella. No obstante, y llegado a este punto, quería preguntarte, si existe un plazo legal, tras renunciar a una herencia, transcurrido el cual, los acreedores ya no podrían reclamar nada.
En cuanto a la aceptación de la Herencia, o bien, a beneficio de Inventario, no lo contemplo por varias razones, una, porque debe ser caro, y no tenemos muchos recursos económicos que digamos, segundo, porque supongo supone recabar informnacion sobre las deudas, algo que yo no quiero remover ahora mismo, tercero porque no hay bienes, y parece absurdo inventariar algo que no hay, y cuargo, me imagino que hay muy poco plazo para hacer eso.
¿Qué salida nos queda entonces?. Pues, si encima que no hemos heredado nada, nos imputaran la deuda, arreglados estaríamos. Yo, ya digo, no quiero remover nada, es decir solicitar información, etc, porque puede ser peor, si eso estuviera archivado, dejémoslo quieto, no obstante, yo lo que pretendo, es garantizarme a mí y a mis hermanos, que no nos tocaran nada a nosotros, una vez haya yo notificado lo de la defunción a los distintos organismos.
Bueno, espero tu respuesta, gracias y un saludo.

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