Herencia de un separado legalmente

Mis padres estaban separados legalmente (antes tenían bienes gananciales). Somos 3 hijos. Hace un año mi padre fallece y no hemos abierto el testamento. Mi madre tras separarse hace un nuevo testamento pero mi padre no lo cambió. Me gustaría saber varias cosas:
- ¿Qué hay que pagar, si durante los 4 años y 6 meses posteriores a la defunción, Hacienda no reclama nada? ¿Prescribe? Hacienda ya sabe que mi padre ha fallecido puesto que se hizo la declaración de hacienda del año pasado y la de éste también se hará. Tememos que se pongan en contacto con nosotros para realizar la declaración de herederos porque puede ser un dineral.
- En la separación el juez dio el usufrusto de las viviendas (el chalet a mi madre y el piso a mi padre). Yo sigo viviendo con mi madre. Ahora estamos interesados en alquilar el piso. El problema es que una de mis hermanas ha roto relaciones con el resto de la familia.
    ·¿Cómo se puede llevar a cabo el alquiler de dicha vivienda?
    ·¿Es por decisión de la mayoría o por unanimidad? Un abogado reconocido dice una
cosa y otros dicen la otra, respectivamente.
    ·¿Al ser mi madre propietaria, y nosotros herederos es ella la que
puede firmar el contrato de alquiler?
    · Los 3 hijos "suponemos" que hemos heredado un garaje, puesto que lo compró
después de la separación, ¿qué podemos hacer para alquilarlo sin tener que realizar
la declaración de herederos? Lo de "suponemos" es porque el no cambió el
testamento. ¿Mi madre entraría en ese reparto aunque estén separados?
    · Si pudiéramos alquilar, para que mi hermana vea claridad en las cuentas, ¿podemos
contratar un administrador de fincas para que sea él quien lleve el alquiler y reparto
de los ingresos generados por el alquiler?

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No me queda muy claro, pero parece que las dos propiedades siguieron a nombre de los dos exconyuges, aunque cada uno tenía el usufructo de una de ellas. Por tanto, el 50% de cada vivienda es de cada uno, y han de aceptar el 50% que su padre deja en herencia.
Tras el fallecimiento de su padre tiene seis meses de plazo para el pago de los impuestos. Si pasa el plazo, hacienda pone recargo y comienzan los intereses de demora a subir y subir.
--- Si hacienda no lo detecta... ( y tiene hoy en día muchos métodos para detectar el fallecimiento de una persona), pues a lo mejor se libran pasado el plazo que dice, pero como detecte que no han pagado, aparte del recargo y los intereses, les cae una multa por defraudación. Y son bastante elevadas. Ustedes hacen lo que quieran.
--- Para elquilar una vivienda, solamente la puede alquilar el propietario. Aquella persona a nombre de quien esté inscrita en el registro de la propiedad.
Las herencias son un derecho, pero no una obligación. Por tanto, pueden aceptar la herencia o rechazarla, que casos hay. Pero tanto una cosa como la otra, se hacen ante notario.
Si no aceptan, no son dueños. Y sin ser dueños de un piso, firman un contrato de alquiler, es falsedad en documento. Y si no quieren pagarles, pues a fastidiarse. ¿Qué van a reclamar si además de no ser los dueños, y alquilar algo que no es suyo, encima han firmado un documento con falsedades?
Si son dueños, (aceptando la herencia), para cualquier cosa es necesaria la firma de todos. DE TODOS.
--- Tras una separación, los cónyuges separados pierden todos sus derechos sobre herencias y legados del otro. Salvo que el otro diga lo contrario en el testamento.
--- Respecto al alquiler del aparcamiento, tres cuartas partes de lo mismo.
Yo creo haber contestado a todo, tal vez mezclando las cosas, pero es que algunas de sus preguntas se relacionan con otras, pero si lo analiza, creo que todo está contestado.
De todas formas, si tiene alguna duda concreta pues me la pregunta.

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