Herencia

Hace 20 años falleció mi suegro sin hacer testamento, el tenia en propiedad una casa en un pueblo de Andalucia y un piso en Barcelona este último conjuntamente con mi suegra.
El de un primer matrimonio tenia 2 hijos. Y del segundo matrimonio 5 hijos los reunió y les dijo que la casa de Andalucia era para los 2 mayores y el piso de Barcelona al haberlo comprado con la segunda esposa y los hijos habidos en común pues que eso era para ellos, mientras vivió mi suegra tubo usufructo del piso.
Los 2 hijos mayores respetando la voluntad de su padre vendieron la casa y se repartieron entre ellos las ganancias sin pedir permiso al resto de hermanos.(Nos hemos enterado que han hecho contrato privado sin escritura)
Ahora al querer aclarar la situación del piso de Barcelona nos piden a todos los herederos cuando hemos hablado con ellos del tema les hemos dicho que han de renunciar pues en su día ellos ya cobraron su herencia, pero dicen que no que esto también les pertenece y que quieren su parte.
¿De qué manera les podemos obligar a renunciar? Ellos han cometido una estafa al vender sin contar con todos los herederos. ¿En caso que no renuncien como podemos reclamar nosotros la propiedad de Andalucia? En el catastro todavía esta a nombre de mi suegro.
Muchas gracias

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He de decirte en primer lugar que independientemente de lo que se hablase en vida, con los hijos por parte de su padre, al no haber hecho testamento, su herencia se debe repartir entre todos los hijos por partes iguales, con lo que del piso de andalucía, le corresponderá a cada hijo 1/7 parte del mismo, mientras que del piso de barcelona, les corresponderá a cada uno de los hijos 1/7 parte del 50% que tenía tu suegro, y a los 5 hijos de la segunda mujer, 1/5 parte del 50% de tu suegra.
Decirte por otro lado que para poder vender los bienes es necesario hacer la partición y adjudicación de herencia, cosa que no creo que se haya hecho ante notario, y cambiar las escrituras de los pisos en el registro de la propiedad.
La venta hecha por ellos en contrato privado, no tiene ningún efecto en cuanto al cambio de titularidad de los pisos, ya que para cambiar la titularidad se necesita una escritura pública ante notario, con lo que esa venta habrá sido inválida.
Por otro lado no se quien lo habrá comprado, pero lo no inscrito en el registro no perjudica a terceros adquirentes de buena fe, con lo que los compradores tendrán derecho a quedarse con el piso, mientras que dichso hermanos tendrán que indemnizar al resto por la venta.
Si no se ha hecho la partición de herencia y cambio de escrituras tendréis que hacerla, aunque como creo que no os pondréis de acuerdo en cuanto a ello, deberéis solicitar la división judicial de herencia ante un juez.
Para ello deberéis acudir a un abogado civilista con más de 20 años de experiencia.

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