Custodia compartida ayudas

Hola expert@,


Antes de nada gracias por atenderme. Intentaré ser breve:
Mi mujer esta divorciada, tiene la guarda y custodia, patria potestad compartida con su ex.Régimen de visitas, etc. Los gastos médicos que no entran por la seguridad social(oculista,dentista,etc) pagan la mitad cada uno, y las actividades extraescolares también. Su ex le pasa una paga por alimentos de 400€, tenemos 2 hijas.

Una de ellas tiene el síndrome de asperger, con lo que tiene una minusvalía reconocida, por ello mi mujer solicitó una paga de dependencia como cuidadora la cualificada de la niña y le dan 300€, más 1000€ al año por la minusvalía de la niña. Ahora su ex se ha quedado en paro y dice que la mitad de estas pagas le pertenecen(cabe decir que nunca ha movido un dedo por sus hijas). La asistenta social nos dijo que las pagas son de la niña pero que las administra quien tiene la custodia y por la tanto más responsabilidad en el día a día.

¿Que dice la ley realmente en todo esto?

Gracias

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La Ley 39/2006 de Promoción de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, crea la nueva figura del cuidador no profesional, estableciendo a su vez que puede se familiar (art. 18 de la Ley) o no familiar, pero este reconocimiento de las tareas que realizan no significa darle a la realización de las tareas, la condición de trabajo porque la prestación económica para ser atendido por cuidadores es un derecho de la persona con dependencia, y, por lo tanto, no tiene la condición de salario para la persona cuidadora por su trabajo.

Si el ex marido de su mujer está en desempleo, percibirá la ayuda correspondiente y en cualquier caso, si se considera con derecho a ello, que solicite una revisión de las medidas de la sentencia de divorcio. Él no es quien para decidir sobre lo que no tiene poder de disposición que pertenece exclusivamente a la Adminstración que es quien ha decidido en función de la documentación presentada quien ha de percibir esa ayuda.

No obstante, me explicará para qué tienen que darle cuentas de lo que ocurre en su ámbito familiar aunque sea su padre biológico, pero bastante ruín dicho sea de paso, porque pretende meterle mano a las prestaciones que percibe la madre de su hija por sus cuidados, que él no le presta. Hay que mantener los cículos de privacidad ajenos al resto de las personas, máxime cuando ya se conoce de què pié cojean.

La meritada Ley, nada dice que se pueda estar dualizando entre dos personas o progenitores en el caso de menores las ayudas que se entregan, por consiguiente, ningún derecho puede reclamar y si quiere reclamar alguno que lo haga en el IMSERSO.

Ruego cierre y valore

Muchas gracias por la respuesta tan rápida.Quisiera hacerle otra pregunta:


En el colegio nos han recomendado una asociación de niños con asperger que le podría ayudar mucho a la niña, para pertenecer a ella se deben pagar 180€ al año, y a parte, cada vez que la niña tenga talleres se tiene que pagar 15 euros, a parte las excursiones y las colonias.Hasta ahora, todas las actividades extras(tenis, ingles, etc) se han pagado al 50%

Mi pregunta es la siguiente: Su ex nos ha dicho que, ya que la niña cobra una paga de 1000€ por sus necesidades especiales, él ya no esta obligado a pagar el 50% de las actividades extraescolares aunque lo ponga el convenio.¿Es eso cierto?

El padre biológico de la menor, no es quien para interpretar la ley, sino para cumplirla. Él tiene impuesto por resolución judicial abonar el 50% de los gastos médicos que no cubre el sistema nacional de salud y las actividades extraescolares. Si su hija por la disfunción que presenta percibe una ayuda estatal, sus obligaciones siguen incólumes y ha de seguir en su abono y él no es quien para hacer cuentas con el dinero que no es suyo, sino de su hija.

En el supuesto que deje de abonar cualquier cantidad, procedan a demandarle y cuando le impongan las costas procesales, ya verá como no vuelve a molestar.

Ruego cierre y valore

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