Reparto de gananciales en divorcio

Mis padres tienen dos casas, una es el domicilio habitual, otra esta alquilada y tengo yo el 20% de la propiedad, ademas poseen una garaje y mi madre a nombre de ella unos 40000 euros. Ella esta actualmente pagado los autónomo en el régimen especial y se jubilara en marzo de 2013. Y me padre cobra unos 1200 euros. Son mayores y no tienen hijos a cargo. ¿Como puede quedar el reparto de bienes? Mi padre tubo una herencia cuando se casaron del valor de 600.000 ptas de las de entonces. ¿Esa parte también es ganancial? ¿Tiene que pasar pensión compensatoria?

1 respuesta

Respuesta
1

En general, los bienes gananciales se deben repartir por mitad y los privativos son de cada uno.

La herencia es un bien privativo, por lo que no se debe incluir en el reparto.

Todo pasa por que lleguen a un acuerdo, pero teniendo claro qué bienes son gananciales y cuales no.

En cuanto a la pensión compensatoria, normalmente no se suele establecer cuando se llega a un acuerdo pero, en general, corresponde la pensión a quien haya quedado en peor posición de la que tenía antes del matrimonio, ademas de otras muchas circunstancias, como por ejemplo, la dedicación al hogar, expectativas frustradas etc...

Normalmente la pensión compensatoria se establece cuando ha habido hijos, pues la mujer, por regla general, se ha dedicado a ello, descuidando su progreso económico y profesional.


Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas