Solución rápida.

La nueva Ley dirá (en este punto hay acuerdo casi unánime):
"Disposición transitoria única.
Procesos pendientes de resolución.
Esta ley será de aplicación a todos los procesos que se encuentren pendientes de resolución en el momento de su entrada en vigor, con independencia de la instancia o vía de recurso en que se encuentren."
A la vista de esta disposición del anteproyecto de Ley, te conviene presentar la demanda de divorcio ya.
Lo ideal es que sea de mutuo acuerdo (más rápido y barato), claro, pero siempre lo puedes intentar aún después de presentar la demanda.
Un abrazo
Antonio

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