Dudas convenio regulador

Hola buenos días, voy a separarme de mi hasta ahora marido y tenemos dos niños en común. Resumiendo un poco la historia para ir directa a las dudas que me asaltan, desde el año 2008 estoy viviendo con mis padres y mis dos hijos; El sufrió un accidente a consecuencia de los problemas que tenia con la bebida y su madre, mi suegra, se lo llevo a vivir con ella porque el no trabajaba ni cobraba ninguna ayuda así que era inviable que se quedara a mi cargo también, con lo cual el desde entonces vive en escocia, como ha hecho casi siempre ni trabaja ni hace nada cobra una ayuda de desempleo de unos 50 euros semanales. Yo por mi parte no puedo solicitar ningún tipo de ayuda a pesar de tener a dos niños pequeños a mi cargo por no tener la separación. El esta de acuerdo en firmar los papeles porque tenemos muy buena relación aunque el viva fuera y le llevo los niños todos los veranos. Obviamente el no me va a pasar ni un solo duro por nada ni manutención para sus hijos ni nada de nada y esa es mi duda a la hora de firmar el convenio porque según he leído tienes que especificar la custodia, el dinero que te pasa etc. La custodia me la quedaría yo pero el no puede o no quiere hacerse cargo económicamente de los niños con lo cual no se si pude firmar el convenio aun poniendo que el padre no va a pagar nada. Yo lo acepto tampoco quiero perjudicarle con temas de denuncias y esas cosas pero no se si eso es un impedimento para firmar un convenio regulador porque lo único que quiero es separarme y regularizar esta situación. Y otra duda que tengo es que como se podría hacer viviendo el fuera. Un saludo y espero que me aclare todas estas dudas que tengo. Gracias raquel

2 respuestas

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Podría soltarte un rollo, pero lo mejor que te puedo decir es que vayas a un abogado ya que te hará falta, para que te confeccione el documento y el te dirá laforma de hacer y los pasos a dar para que le puedas enviar los documentos y que el los firme y se válido
si no puedes contratar un abogado, vete al colegio oficial de abogados de tu zona y soliccita un abogado de oficio, en esta oficina siempre suele haber algún abogado que te podrá orientar
si el esta conforme no creo que tengas problema y sera una cosa sencilla
aquí te manda por correo el documento lo firmas y ya esta pero al estar el fuera, puede variar alguna cosa, pero lo mejor es que hagas como te indico, y el abogado te hará un documento para que no tengas ningún tipo de problema en un futuro .
Se me olvidadba no seas tan buena y no tenga miedo, haz figurar lo que te convenga, uno de los puntos es la visitas, haz figurar que el si quiere tener a su hijo hija que tenga que ser el que venga y la recoja y el que la entregue, que no te obligue a ti a nada, por que puede que en un futuro no puedas o no te apetezca viajar para llevarla y por el régimen de visitas te obligues a ello .
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Raquel, tienes lo más importante, que es la voluntad de ambos de firmar un convenio, porque todo lo demás se puede adaptar a la situación existente. Efectivamente, el progenitor que no se queda con la guarda y custodia de sus hijos, debe, esto es, está obligado a pagar una pensión de alimentos para sus hijos, por lo que en el Convenio tenéis que poner algo al respecto, porque no sirve la fórmula de "como no tiene ingresos no se le impone la obligación de pagar alimentos", esa posibilidad está descartada. Por ello, si lo tenáis claro ambos, se puede poner en cuanto a la pensión de alimentos una cantidad prudente, pero haciendo constar que debido a la situación económica actual del obligado al pago (o sea el padre de los niños), que se encuentra desempleado, etc., esa obligación de momento, no será exigible hasta que varíe su economía, bien por obtener un empleo, o bien por ver incrementado su patrimonio, para lo cual os comprometéis ambos a revisar la reanudación de su cumplimiento, transcurrido un plazo prudencial (un año por ejemplo). De esta forma, tú te guardas la posibilidad de reclamar, si mejorara su situación económica (nunca se sabe lo que ocurrirá en un futuro) y él está tranquilo con la suspensión acordada, sabiendo que, al menos durante un año, no le reclamarás nada.
Otra opción es no hacer constar nada, esto es, que dicha suspensión del pago de la pensión se aplique por tu buena voluntad, porque tú no quieres reclamarle nada. En todo caso, hay que fijar una pensión de alimentos.

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