Compra del otro 50% de la vivienda

Le sitúo:
Una pareja casada, con una vivienda de propiedad al 50%, con una hipoteca también al 50% sobre la vivienda y con un capital pendiente de devolver de 14.000 euros. La vivienda se compró hace 15 años y está escriturada en 50.000 euros.
La pareja se separa y acuerdan que ella comprará a él su 50% de la vivienda.
¿Qué impuesto y qué tasa impositiva ha de pagar ella en la compra de la parte de la vivienda de él? En la compra de una vivienda de segunda mano es el ITP de un 7% pero ¿y en este caso?
¿El impuesto que ha de pagar ella es sobre el 50% de los 50.000 euros en que fue escriturada la vivienda hace 15 años? ¿O ha de pagarlo sobre una nueva escritura a precio actualizado?

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Respuesta
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En el caso de que se realice como compraventa el impuesto que se debe de pagar es del 6 o 7% dependiendo de la zona. En este caso es posible que se haga como disolución de la sociedad de gananciales que formaban sobre esa vivienda, aunque haya sido comprada antes del matrimonio, poniéndolo en el convenio regulador de forma que en aplicación del art 1355 del código civil, con lo que si se hace de esta forma la operación se estaría exento del pago del impuesto.
Esto lo debe fijar el abogado que lleve la separación.
Por otro lado si ella va a comprar el 50% de la vivienda, le tendrá que dar a el la mitad de la diferencia entre el precio de mercado actual de la vivienda, y lo que reste de pagar de hipoteca.

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