Sobre luz de obra

Me he comprado una vivienda nueva. Han tardado más de 4 meses en proporcionar el suministro de luz a la misma según parece por falta de pago del constructor a la empresa (Union Fenosa) de una acometida necesaria en la instalación del edificio. Por tanto, motivos ajenos a mí como propietaria. Ahora el constructor me ha pasado la factura correspondiente a la luz de obra del edificio de esos 4 meses. ¿Me obliga la ley a pagarla? ¿Puedo negarme?

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Entiendo que tú compras una vivienda libre de cargas. La fecha de la compra, en la que te habrán entregado las llaves es la única a partir de la cual te pueden exigir el pago de los suministros. Creo que no deberías pagarle, porque tu contrato con la compañía eléctrica habrá entrado en vigor después de que hayas adquirido la vivienda.

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