¿Existe la reinversión en una dación?

Buenas tardes. En el año 2011 entregué una vivienda en dación al banco por un importe de 186.000 €, + 21.000 € para cancelar la hipoteca. En su día yo la compré por 120.000 €. El año pasado, en la declaración de la renta, nos salió a pagar casi 12.000 € por un supuesto "beneficio fiscal, o incremento del patrimonio". En la gestoría nos dijeron que o pagábamos o re-invertíamos. Pensamos que para regalar el dinero, mejor comprábamos algo baratito. Hace poco me dicen los gestores, que para quedar exentos del pago, debemos comprar por lo que "vendimos" (186.000 €), lo cual se hace imposible por la letra tan alta que sale en un inmueble de ese importe, y que si compramos por menos, la diferencia habría que pagarla a hacienda. Estos días me surgían dudas, y hablé con Hacienda, para cerciorarme. Me dicen que no existe tal re-inversión, puesto que el supuesto beneficio se destinó para pagar una deuda, así que o pagamos o pagamos. No sabemos quien tiene razón, y nosotros somos los perjudicados, pues mientras tanto, la declaración ya se hizo, y tendríamos multa + intereses...También quisiéramos saber, si, en el caso de tener que pagar, habría alguna forma de quedar exentos, pues actualmente estamos pagando un alquiler, y no nos da para más. Por favor, ¿pueden ayudarnos? No sabemos qué hacer, pues mi marido es autónomo y está muy mal de trabajo y yo estoy parada...Gracias.

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