Duda Declaración

Pues bien en la declaración he marcado una casilla y no se si hice lo correcto
Artículo 4. Deducciones por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.
1. Sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de deducción por inversión en vivienda habitual establecida en la normativa estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se establece una deducción del 2 % por las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente, siempre que concurran los siguientes requisitos:
c. Que la vivienda tenga la calificación de protegida de conformidad con la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la fecha de devengo del impuesto.
d. Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se haya iniciado a partir del día 1 de enero de 2003.
2. Sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de deducción por inversión en vivienda habitual contemplada en la normativa estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se establece una deducción del 3 % por las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente, siempre que concurran los siguientes requisitos:
d. Que sea menor de 35 años en la fecha del devengo del impuesto. En caso de tributación conjunta, el requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o, en su caso, el padre o la madre en el supuesto de familias monoparentales.
e. Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 19.000 euros en tributación individual o a 24.000 euros en caso de tributación conjunta.
f. Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se haya iniciado a partir del día 1 de enero de 2003.
3. La base de las deducciones previstas en los apartados anteriores se determinará de acuerdo con los requisitos y circunstancias previstos en la normativa estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
4. A efectos de lo dispuesto en los apartados 1.b y 2.c de este artículo, se entenderá que la inversión en la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se inicia en la fecha que conste en el contrato de adquisición o de obras, según corresponda.
5. Las deducciones previstas en los apartados 1 y 2 serán incompatibles entre sí.
::: CEH ::: Tributos ::: IRPF :::
Marque el punto 2 porque entendí que al poner el punto 1 en requisitos:
c. Que la vivienda tenga la calificación de protegida, pensé que el punto 2 no hacia falta que fuera protegida que es mi caso.
¿Esta bien marcado este punto si cumplo todos los requisitos menos que mi vivienda no es de VPO?
Gracias

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