Impuesto transmisiones patrimoniales
Hola:
Mi duda es acerca del impuesto ITP cuyo hecho imponible es un aumento de capital de SL.
El abono de la cantidad a ingresar en la entidad bancaria se realizó dentro del plazo de 30 días hábiles del art 102 RD 828/1995, sin embargo su presentación en la Consejería se efectuó fuera de plazo, por 11 días hábiles.
Ahora reclaman el 5% del recargo.
¿Qué se puede argumentar para que se entienda que la obligación ha sido cumplida con el ingreso efectuado en la cuenta bancaria de la Consejería habilitada al efecto y por tanto el recargo no resulta de aplicación?
Muchas gracias.
Mi duda es acerca del impuesto ITP cuyo hecho imponible es un aumento de capital de SL.
El abono de la cantidad a ingresar en la entidad bancaria se realizó dentro del plazo de 30 días hábiles del art 102 RD 828/1995, sin embargo su presentación en la Consejería se efectuó fuera de plazo, por 11 días hábiles.
Ahora reclaman el 5% del recargo.
¿Qué se puede argumentar para que se entienda que la obligación ha sido cumplida con el ingreso efectuado en la cuenta bancaria de la Consejería habilitada al efecto y por tanto el recargo no resulta de aplicación?
Muchas gracias.