¿IVA Intracomunitario se contabiliza como gasto para un autónomo en recargo de equivalencia?

Hola a todos,

Mi duda es la siguiente:

EL IVA que paga un autónomo en régimen de recargo de equivalencia de operaciones intracomunitarias, se contabiliza como gasto?

Me explico.

Como 1000€ a un proveedor alemán, en 2011. En 2012, hago el 309 para pagar el IVA + RE de dichos 1000€, qué corresponde 220€ (18% + 4%).

Estos 220€ euros los pago en 2012, pero corresponden a las compras de 2011, entonces, cuando hago la declaración de IRPF de mis gastos e ingresos, entre mis gastos debo añadir los 220€?

Saludos

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