Ley Arrendamientos Urbanos / loft?

Tengo un contrato tipo para el alquiler de una vivienda (desde el propietario), que hace referencia a la ley de arrendamientos urbanos. El caso es que a pesar de tener referencia Catastral, NO cuenta con cédula de habitabilidad (porque según normativa municipal, faltarían 2 m2). Por lo que estaría considerado como despacho profesional o estudio. Aunque a todas luces es una vivienda (es un edificio de viviendas, es la única que cuenta desde su origen con esta característica. Mis preguntas son: Según que ley(sino sirve la de arrendamientos urbanos habría que hacer referencia?). Por otro lado, quería contratar un seguro del alquiler que garantice las rentas y posibles desahucios, etc... Es posible? QUe piden/necesitan? Gracias.

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