dixen_eu respondió:
El art. 174.2 de Ley General de Seguridad Social (RDL 1/1994, de 20 de Junio), en su redacción dada a partir de enero de 2008 en lo que interesa al caso, es de decir: "“En los casos de separación o divorcio, el derecho a la pensión de viudedad...