Participación comunidad de vecinos en gastos

En su momento compré un local que tenía las paredes exteriores sin revocar ni pintar y recientemente se han realizado las obras de revocado, pintura y alguna otra reparación. Entiendo que la comunidad de propietarios tendría que participar de los gastos, ya que se trata de labores de mantenimiento que son obviamente necesarias. ¿Es así?

3 Respuestas

Respuesta
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Al margen de lo que ya le han indicado, si la Comunidad debe participar de los gastos, no se puede realizar la obra y después reclamar el pago. La obra y su presupuesto debería haberse presentado a la aprobación de la Junta de Propietarios.

No he dicho que las cosas se hayan hecho de esa manera, pero igualmente, gracias por la atención.

Disculpe si le he interpretado mal. Pero es lo que he entendido al leer que la pared estaba sin acabar, que ahora se ha hecho la obra y que si la Comunidad debería participar. Leyendo eso da la sensación de que usted ha hecho la obra y la ha pagado, y ahora quiere pedir a la Comunidad que aporte lo que le corresponde. Si no, no entiendo cuál es la situación.

Si nos da más detalles, quizá podamos responder mejor.

Respuesta

La respuesta a su pregunta la hallará en el Título constitutivo o en los estatutos de la comunidad ya que al tratarse de un local comercial con toda probabilidad se haya establecido una diferenciación en el mantenimiento de elementos comunes.

Respuesta
-1

¿Usted se está refiriendo a las paredes del interior del local?

Si es así, la comunidad no tiene ni responsabilidad, ni obligación alguna de compartir esa obra.

Usted era conocedor de dicha situación, y a quien debería haber pedido dicho arreglo era al promotor

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