¿Las deudas se heredan si o si?

Os pongo en contexto, mi madre contrajo una deuda con un banco (préstamo personal) y es la única titular de la cuenta, ya la entidad le cerró dicha cuenta pero existe la deuda... Lo raro es que no consta en el cirbe, el problema es que no hemos sido capaces de pagarla y ella puede que falte en poco tiempo (está enferma)...

Mi pregunta es, ¿esa deuda afectaría a los herederos?

¿Estarían obligados a pagar?, al no tener ningún patrimonio con el que pagar, ¿qué sucedería?

4 respuestas

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Se hereda lo bueno y lo malo, los bienes, dineros y las deudas. Pero el heredero puede renunciar ante notario a toda la herencia, o heredar "a beneficio del inventario", es decir, que las deudas se pagan con los bienes del fallecido y no con los bienes del que hereda, lo que sobre es para los herederos.

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Esas deudas afectan a los herederos porque en principio las deudas forman parte de la herencia, salvo que estén prescritas. No obstante sería necesario que un abogado experto en herencias haga un estudio de cada deuda en particular para saber si afectaría a los herederos.

Las deudas se pagan con los bienes adquiridos en la herencia. En el caso de que el heredero no tuviera patrimonio para hacer frente a las deudas siempre tendría esa deuda derivada de la herencia. En estos casos es recomendable renunciar a la herencia y ante la duda aceptar a beneficio de inventario.

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Si se acepta herencia se acepta deudas si o si.

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Daimon, deberias considerar acudir a unos abogados penalistas para que te asesoren con tu problema, tengo un familiar cercano que ha sido victima tambien como tu comentas. ¿Escribeme por privado vale?

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