Venta de vivienda heredada reformada consideración habitual

Tengo u a duda, en 2011 al morir mi padre adquirí al resto de mis hermanos la vivienda, y tras arreglarla en el 2014 me fui a vivir a ella ya que es mas grande que el piso de mi propiedad.

Ahora si la vendo para comprarme otra vivienda en otra localidad en la que me voy a residir tendría la posibilidad de no pagar la ganancia patrimonial por reinversión en vivienda habitual? Ya que aunque tengo otro piso este lo tengo vacío pero me han comentado que para que la vivienda tenga la consideración de habitual tiene que ser habitada antes de los 12 meses de su adquisición

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Tiene que vivir en ella tras los 12 meses a su compra. De todas formas si la vivienda es antigua por los coeficientes de abatimiento podrá reducirse bastante llegando a ser 0 su tributación. Póngase en contacto con mi gabinete y le emitiremos el informe técnico correspondiente. Teléfono 626460572.

Entiendo entonces que da igual si alquilo mi primera vivienda y me voy a vivir a la Segunda, de todas maneras no se entendería como la habitual la Segunda?? Lo de los 12 meses en este caso no lo entiendo, como me puede decir hacienda que mi vivienda habitual es la primera si yo ni vivo en ella por estar alquilada, y por otra parte la segunda vivienda la tenía desde hace 10 años de la herencia.......vamos que al final no tengo vivienda habitual, la primera por estar alquilada legalmente y la segunda porque me he ido a vivir a ella a los 10 años, no lo entiendo

Te dejo nuevamente mi teléfono 626460572. Desde nuestro gabinete te emitiremos un informe con la mejor opción fiscal. La residencia habitual debe coincidir con el empadronamiento o domicilio fiscal en el momento temporal que usted contempla. Las opciones fiscales de venta y alquiler tienen distintas consideraciones. Nuestro objetivo como profesionales solamente es su rentabilidad económica. No le quepa la menor duda. Llámenos y nos pondremos en contacto a la mayor brevedad con usted.

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