Grupo profesional de un informático en el convenio del Comercio del Metal

Nosotros estábamos en una empresa española de Ingeniería (soy ingeniero informático con postgrado y 2 años en la empresa) y estábamos en el convenio de consultoría. Ahora nos ha comprado una empresa francesa cuya sede en España está en Barcelona.

Ahora al firmar los nuevos contratos nos quieren meter en el convenio del comercio del metal de Barcelona, según esta nueva empresa en mi caso sería “R&D Development Engineer” (no tengo a nadie a mi cargo) y estaría en el grupo profesional 4. ¿Es correcto que me metan en este grupo? ¿Conlleva algo pertenecer a este grupo, aparte del salario base? Entiendo que las responsabilidades en este convenio no son muy parejas a lo que realmente hago en mi trabajo que es desarrollo e investigación en el software que desarrollamos.

Por otro lado nos dejan elegir entre 22 días o 25 de vacaciones, restando el correspondiente sueldo si cogemos 25. ¿Legalmente conviene más una opción o la otra? (Mi idea es coger los 25 días aunque me resten el sueldo correspondiente a esos 3 días de diferencia).

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