Que no es compensables, empleados públicos

Cuando alguien tiene mejores condiciones en un convenio de origen y entra a un empresa donde el salario y demás conceptos son inferiores al suyo de origen, normalmente se le manteniene las condiciones de origen. La progresivas subidas salariales, como actuan,  segun Const. Española y E.T. Debe de actuar la Compensación Salaria. Pero como se realiza y cuales son los conceptos. Estas diferencia salariales, que suponen un privilegio de esta persona respecto de sus compañeros, en algún caso se pueden considerar ¿no conpensables?. A estos efectos que diferencia habría entre una Garantía "Ad Persom", CPT y CP no compensable. Si se viene realizando el mismo trabajo, desde la empresa anterior.

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