En mi caso ¿Estoy obligado realizar la declaración?

Cuando hice la declaración me salia a pagar unos 950€, cuando el sueldo bruto recibido fue de unos 12.600€ / anual. Pero en la declaración me aparece dos pagadores, pero es debido a una subrogación realizada el 1 de julio de 2015.

En el Escrito de subrogación de contrato que tengo, dice;

"Que con efectos del día 01/01/2015 la empresa "A" procede a subrogarse del contrato, que en su día se formalizó entre la empresa "B" y el Sr. (Yo, Ruben), con la categoría de Vigilante de Seguridad, siéndole respetados al trabajador todas las condiciones de trabajo que en su día tenia reconocidas por parte de la empresa "B"

Tratándose de una subrogacion ¿cuenta cómo una empresa, un pagador? ¿O tendré que pagar? Económicamente estoy en una situación bastante complicada actualmente. ¿Qué puedo hacer? ¿Qué opciones tengo?

2 respuestas

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Al haber tenido ingresos de trabajo porcedentes de dos pagadores por importe de 12.600 euros, es decir superior a 12.000, está obligado a presentar declaración, salvo que lompagado por el segundo pagador no supere en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Hola, gracias por responder. El segundo pagador supera los 1.500€, ¿hay algo que pueda hacer para no tener que pagar? como ya dije, me encuentro en una situación complicada económicamente. En Enero de 2015 compré un piso, y ahora me encuentro sin un duro. ¿Hay alguna forma de bajar esos 600€?  para no pasar de los 12.000€ anuales.  Gracias

Habría que ver toda la documentación de que dispone, sobre todo la que la Agencia Tributaria conoce para poder asesorarle con más detalle. ¿No le han practicado ninguna retención?. ¿Tiene certificado de sus pagadores?

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Entiendo que estariamos ante un caso de subrogación que supone que se entienda la existencia de un pagador único. Por lo que segun los importes aportados a priori no haya obligación a declarar. Lo curioso, es que salga la renta con tanto importe a ingresar, lo que hace suponer que la segunda empresa no ha practicado correctamente la retención correspondiente. De ser así, si que habria que realizar declaración para regularizar la situación. Te adjunto la explicación de hacienda:

 134861-CONCEPTO PAGADOR ÚNICO: FUSIONES
    Pregunta
  • En los supuestos de fusiones, escisiones, etc... y en general siempre que estemos ante un supuesto de sucesión de empresa ¿hay qué considerar que existe un único pagador de rendimientos del trabajo a efectos de retenciones y de la obligación de declarar?

    Respuesta
  • En el caso de fusiones o escisiones de empresas no se entenderá que la nueva empresa creada o la entidad absorbente sea distinto pagador en relación con la entidad fusionada o escindida, cuando concurran las siguientes circunstancias:

    1. Que se produzca una sucesión de empresa quedando la nueva entidad o la entidad absorbente subrogada en los derechos y obligaciones laborales de la anterior, asumiendo las obligaciones tributarias de la entidad transmitente respecto de los trabajadores que se traspasan.
    2. Que, consecuentemente con lo anterior, se produzca una continuidad efectiva en el procedimiento de retenciones aplicado a los trabajadores que se traspasan a la nueva entidad o a la entidad absorbida.

Hola, gracias por la respuesta. Hoy llamé a la Agencia Tributaria, les expliqué mi caso y me dijeron que no tengo obligación de declarar al ser una subrogacion. Que automáticamente en la renta aparecen dos pagadores, pero se considera un solo pagador. De todos modos, para curarme en salud... la llamada fue grabada y guardada (nose si servirá en algún caso). saludos y gracias

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