Cuentas bancarias herencia, como gestionarlas

Hay 15 herederos de varias cuentas bancarias y un fondo de inversión, habemos 4 personas con poder notarial autorizados a operar en nombre de todos, queremos mantener una cuenta abierta de las que tenía el fallecido para seguir haciendo frente a los gastos de un inmueble también heredado mientas este no se venda, que es lo mejor fiscalmente para no perjudicarnos los cuatro apoderados.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y les ayude.

Desde el momento del fallecimiento, legalmente las cuentas han de quedar bloqueadas, es decir, solo atenderán los pagos domiciliados habituales. Y ustedes deben comunicarlo a las entidades financieras.

Una vez aceptada la herencia, liquidan los impuestos y han de proceder a la inscripción de los bienes en los registros y liquidar las cuentas y productos financieros, procediendo a su reparto entre los herederos. Normalmente, en su situación, se constituye una comunidad de bienes de los propietarios del inmueble, donde se deposita un importe para los gastos mientras se vende el inmueble...

Como se constituye una comunidad de bienes de los propietarios del inmueble y fiscalmente como nos afecta a todos. Gracias por su atención 

Le recomendamos se pongan en manos de un experto que les ayude y estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Mediante un documento de constitución que han de firmar todos los propietarios (es importante este documento de constitución pues establece las normas por las que se rigen). Luego se solicita el NIF en Hacienda y se da de alta como arrendadores, si la tienen en alquiler.

Para la cuestión de impuestos, tributan por imputación de rentas, cada comunero en su declaración de RENTA, en proporción a su porcentaje.

Esto facilita la gestión del inmueble, para ustedes, pues todos los gastos irán a la comunidad de bienes y los administradores de la misma, podrán realizar actos en su nombre. Para un solo inmueble no seria necesario, si es para vender, pero habiendo tantos propietarios es la mejor forma de evitar problemas futuros.

Son dos inmuebles y un solar urbano, y en principio se intentarán vender, no se van a alquilar 

En nuestra opinión y sin conocer el caso concreto, con tantos herederos, lo mejor seria constituir la comunidad de bienes de forma legal, para evitar problemas en el futuro... y poder tener una cuenta bancaria de esta comunidad de bienes y que los pagos se realicen por ella...

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Lo ideal sería liquidar la cuenta y abrir una nueva para sufragar los gastos que comenta de la vivienda.

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