Derecho a descansar con jornada de 9h a 2h mañanas

Tengo una trabajadora que trabaja con la jornada de 9h a 2h ( tiene una hija de 8 años ) y se dedica todos los días a tomar su desayuno en la empresa (. Dado que la dijimos que no podía salir a fuera a tomárselo y abandonar su puesto). Ella es administrativa y esta de cara al publico. Como no hay muchos clientes para hacer facturas, para distraerse se pone la radio en el ordenador, la dijimos que por favor no se pusiera la radio, que si puede ponerse música de cds, pero no estar escuchando las noticias y programas. Sabemos que es una provocación porque quiere que la despidamos. Por nosotros encantados pero con ella no podemos llegar a un acuerdo pese que la empresa presenta perdidas desde hace 2 años. Somos una S.L. De 5 trabajadores .Mi marido, yo que me encargo de la misma tarea que ella y puedo cubrir su puesto y 2 técnicos de equipos. ¿Cuántos trimestres tenemos que dar perdidas para poder despedirle? ¿Cuántos días le corresponderían de indemnización? ¿Tiene derecho a tomar este tentempié en la oficina?.

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