¿Debo devolver a Hacienda las deducciones por vivienda habitual antes de recibir requerimiento?

En febrero de 2012 me compre mi piso al que me fui a vivir en agosto de 2012. Cometí el error de no solicitar el nuevo empadronamiento en la dirección de mi piso. Me he ido aplicando las deducciones en vivienda habitual correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014.

En caso de que Hacienda me exigiera demostrar que se trata de mi vivienda habitual, la situación se complica dado que, además de no constar como empadronada en mi piso, tampoco lo podría demostrar con los consumos de suministros. Me explico, desde mediados de 2013, paso mucho tiempo en casa de mi novio, con lo cual los consumos de mi piso han caído en picado (aunque las facturas de suministros hacen referencia y son enviadas a la dirección de mi piso). No es que haya abandonado mi piso, de hecho tengo allá el 80% de mi ropa y efectos personales y voy como mínimo 1 vez por semana a recoger el correo y ver si todo está en orden, pero paso más tiempo y duermo en casa de mi novio.

Además, mi relación con los vecinos es prácticamente inexistente, con lo cual no pueden dar fe de que vivo en mi piso de forma habitual.

Ante esta situación y viendo lo difícil que seria demostrar a Hacienda que mi piso es mi vivienda habitual, me planteo de forma voluntaria y sin requerimiento previo de Hacienda, devolver las cantidades deducidas con los correspondientes intereses de demora, a fin de minimizar la sanción que me pudiera recaer y el periode de devengo de los intereses. Pero no sé si es mejor esperar a ser requerida y presentar alegaciones.

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Esta hablando de un futurible " En caso de que Hacienda me exigiera demostrar que se trata de mi vivienda habitual ...//...".

Pues bien, lo que debería hacer, es empadronarse en el lugar donde tiene su piso por el cual deduce y asunto arreglado.

Además puede rezar un padrenuestro por no vivir habitualmente en su piso; pero no despierte a la bestia, o se arrepentirá. Nadie lo haría, o quizás sí, no lo se...

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