Como tributan las indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de la administración?

En caso de recibir una indemnización de la Administración por una responsabilidad en caso de fallecimiento, llegando a un acuerdo con la compañía de seguros (sin juicio), ¿cómo tributan fiscalmente? Si alguno de los beneficiarios es menor, ¿también tiene que presentar declaración?

Respuesta
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Están exentas las indemnizaciones satisfechas por las Administraciones públicas por daños personales como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, cuando vengan establecidas de acuerdo con el procedimiento previsto en materia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas por el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo. Cubren las lesiones corporales producidas al asegurado por una causa violenta, súbita, externa y ajena a su voluntad, que le produzca invalidez temporal o permanente, o muerte, o bien le origine gastos de asistencia sanitaria u otros relacionados con el accidente.

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