Tengo una duda sobre mi sentencia despido improcedente

En la sentencia sobre mi despido me pone un apartado que dice lo siguiente

En el caso que nos ocupa consta acreditada la afliciacion del demandante a UGT así como el conocimiento de ello por parte de la empresa por lo que no habiéndose dado audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical correspondiente a dichos sindicatos el despido ha de ser declarado improcedente

¿Qué quiere decir esto?

¿En la empresa si teníamos delegados sindicales pero no se si había sección sindical?

¿Quién son los miembros de la sección sindical?

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