Vivienda habitual ¿Que se considera?

Hola envío esta pregunta a cualquiera que me pueda asesorar sobre este tema y les doy las gracias de antemano. Estaba pensando en solicitar una ayuda de movilidad y compensación por gastos de transportes por sufrir una discapacidad física de un 65%. Yo al cobrar una pensión mínima no contributiva de 366€ tengo derecho a solicitar dicha ayuda, pero me comentaron que al convivir con mi padre únicamente ya que mi madre falleció hace veinte años que al cobrar  mi padre  una pensión contributiva de 634€ no me la concederían ya que la unidad familiar de convivencia superaría el 70%, en computo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en cada momento.  He estado barajando la posibilidad de empadronarme en otro domicilio que no sea familiar para poder solicitar dicha ayuda pero tengo miedo de que al empadronarme tenga problemas el día de mañana ya que mi padre me ha donado un derecho de habitación sobre la casa donde vivimos él y yo. Me gustaría saber que se entiende por vivienda habitual a efectos legales y si es posible estar empadronado en otra vivienda que no sea en la que vivo con mi padre y que el día de mañana no tenga ningún problema por empadronarme en otro lugar. Gracias...

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