Legalidad de doblar turnos voluntariamente

Buenos días. Agradecería se me dijera si es legal doblar turnos voluntariamente; es decir, por ejemplo trabajo de turno de mañana de 7.30h a 15 h, ¿puedo por interés propio, es decir, sin que nadie me obligue, hacer también el turno de tarde, de 15 a 22.30h, acordándolo con el compañero que lo hacía?.

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