Protección de datos

Continuando con mi indignación debido a las sanciones de trafico por aparcar en zona azul, me gustaría saber tu opinión sobre el siguiente razonamiento:
El otro día, tras dejar mi coche estacionado en zona azul y haberme excedido en el tiempo, me encontré en el suelo, junto a mi coche el correspondiente boletín de denuncia. Tras este hecho, me hice una serie de planteamientos que me gustaría que alguien que estuviera puesto en el tema me diera su opinión.
1.- Me gustaría saber si ante tal forma de comunicación de una denuncia sobre mi persona me debería dar por enterado, y si dicha notificación se puede considerar que cumple con las formalidades legales necesarias.
2.- AL respecto, me plantee si tal forma de comunicarle el inicio de un expediente sancionador puede vulnerar lo establecido en la Ley Prgánica de protección de datos, en base a este planteamiento:
EL referido boletín de denuncia es un documento oficial que forma parte de un expediente sancionador, y que contiene datos de mi relación con la administración, en este caso la municipal. Dado que este boletín de denuncia suele ser depositado en el parabrisas del vehículo (aunque en mi caso se encontraba en el suelo), siendo accesible a cualquier persona, es por lo que considero que se está violando, por negligencia, mi derecho a la intimidad y el responsable de tal actuación no está guardando el secreto profesional respecto a las informaciones que posee en razón de su cargo, lo cual pudiera dar lugar a responsabilidad penal y administrativa, por vulneración de la Ley de Protección de Datos, en concreto su artículo 10 ("El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo)."
Respuesta
1
En primer lugar compartir la indignación con esos que llevan placa, se creen sherifs del viejo oeste y luego hacen caso omiso a los delitos aunque se produzcan en sus propias narices. Tres veces me han roto un cristal para robarme algo del coche y las tres, para lo único que vino la policía, es para darse un susto en plena madrugada y decirme que no sabían nada. Muy efectivos.
Entrando en la materia, vaya por delante que la LOPD no es mi especialidad por lo que no la conozco en profundidad. No obstante, el boletín como tal no supone tampoco nada que no se pueda ver en el propio vehículo: matricula, color, dirección, etc. Si bien hay otras dos cuestiones adicionales.
Según la lista de la propia web de la Agencia de Protección de Datos, los ficheros referidos a multas no están registrados, al menos en varios ayuntamientos que he observado. Pese a que es obligatorio por ser fichero de la administración.
En cuanto a la segunda, el problema redunda en la negligencia adicional que supone el incumplimiento sistemático del tratamiento de los datos sujetos a la LOPD y demás leyes. Precisamente el único aspecto legal es la publicación de datos en los boletines provinciales, donde se aprobó la publicación para no acabar con la mala costumbre de la notificación por edicto.
Sinceramente, si hay tiempo y ganas de presentar una queja ante protección de datos, hay base de sobra y más considerando el bajo coste de la misma.
Un saludo
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