Tiempo que hay que estar de baja para poder ir al evi

Ha si me podéis contestar algo, tengo 59 años he cotizado 23 años a la es. Social actualmente estoy de baja llevo 9 meses la mutua me dice que ya no puedo trabajar y que tengo que acudir al Evi. Que ellos así lo consideran.

Tengo una enfermedad de menier cronificada, hipoacusia neurosensorial bilateral progresiva audífonos, transtorno del equilibrio crónico, acúfenos, depresión en tratamiento, discopatía degenerativa L2- S1 protusiones circunferenciales, fractura de fémur con tornillos dentro del mismo, fractura luxsacion abierta muñeca. Quisiera saber si puedo pedir o no que me miren en el Evi, para una invalidez ya que la mutua allí me ha remetido que no puedo trabajar y la empresa ya me ha dicho que tienen que despedir porque llevo no solo los 9 mencionados anteriormente sino que en tres años últimos he estado mas de 2 y medio años de bajas entre unas cosas y otras, por favor si me podéis contestar algo, ya que ni la mutua me llama ni el evi tampoco llevando mas de 2 meses sin que nadie diga nada así que no se que hacer, aunque a mi me sigan pagando la nomina, pero quiero una solución si es posible.

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Estimado/a consultante,

Efectivamente, con el cuadro clínico que describe, en su caso debería ser examinada por el EVI y su tribunal médico. Para ello deberíamos iniciar un procedimiento de solicitud de incapacidad permanente, que es lo que da pie a ser vista por el EVI primero y a que le reconozcan una pensión de incapacidad permanente o a pelearla si no se la reconocen.

Con este reconocimiento, a usted le quedaría una pensión económica mensual sobre la base de que con sus dolencias, no puede realizar su profesión habitual y/o ninguna profesión. La cuantía de la pensión variaría en función del grado de incapacidad permanente que consiguiéramos. Somos un bufete experto en este tipo de procedimientos, tanto en fase extrajudicial como judicial.

Quedamos a su entera disposición para que gratuitamente y sin compromiso nos contacte en el teléfono 951 71 50 41 o en nuestra web www.lariosabogados.es, para que nos amplíe información si lo desea, estudiar si cumple los requisitos para la IP y para facilitarle un presupuesto.

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