Plazos exactos con cuenta vivienda y autopromoción

Hola, tenía una duda sobre cuenta vivienda y autopromoción.
Se me van a acabar ahora los 4 años de la cuenta vivienda y voy a empezar en breves a construir mi casa.
Voy a ir utilizando el dinero que tenemos en la cuenta vivienda para ir pagando arquitecto, aparejador, permisos varios... (supuestamente no habría ningún problema, o eso me han dicho en el banco)
La duda la tengo en el plazo, porque preguntando en varios bancos me han dado respuestas distintas (incluso en distintas sucursales del mismo banco).
Son 2 años para construir. Según me dijo una persona en el banco (que aparentemente era el que más controlaba cómo funcionaban las cuentas vivienda), en esos 2 años tienes que haber gastado el 100% del dinero de la cuenta vivienda, PERO, no importaba si la obra se demoraba algunos meses y tardaba algo más de esos 24 meses iniciales (problemas de materiales, conseguir a POR profesional, etc...). La duda que me asalta es si esto efectivamente es así, o hacienda se podría poner estricta y exigir que 24 meses después de caducar la cuenta vivienda (¿o de sacar el primer euro de la cuenta vivienda?) La casa tiene que estar finalizada.
En el caso de que sea obligatorio haber finalizado la obra, ¿hay qué realizar algún tramite para comunicarlo? Según me comentaba la persona que me asesoraba en el banco, no hacía falta indicar la finalización de la obra, pero era MUY IMPORTANTE que el 100% del dinero de la cuenta vivienda se hubiera gastado en esos 2 años. Eso sí, guardando todas las facturas, y si era posible, haciendo transferencia directa desde la cuenta vivienda, para evitar problemas.
Un saludo

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