Multa de tráfico injusta ¿Me pueden ayudar?

Espero que alguien me pueda ayudar ya que me siento desamparada ante una injusticia de esta envergadura.
Estacioné en la calle Doctor Tolosa Latour, en una zona donde se puede aparcar, es decir, no había placas que indicaran lo contrario, en concreto cerca de una instalación deportiva
municipal que está en el nº 18 de la calle (lo sé por el gps).
Cuando regreso a recoger mi coche e irme, me encuentro un papelito en el parabrisas que es un aviso de denuncia. Me indica la infracción que es la siguiente:
Clave: 153 precepto
Infringido: 61 ord.MOV
IMPORTE: 200.00 €
Descripción:
Estacionar obstaculizando
Gravemente la circulación o creando peligro para otros usuarios. Estacionar en
arcén
perdida de puntos: no
(ANEXO II L.ES.V.)
Fecha y lugar de la
INFRACCIÓN: 18/09/12 10:51
Doctor tolosa latour
Datos del vehículo:
XXXXX
Datos del agente
Agrupación: 85 agente: xxxxx
Por supuesto me quedo a cuadros ¿Dónde hay un arcén? Miro y remiro, y se puede aparcar sí o sí.
Me llega a casa la notificación, enseguida voy a por ella y me encuentro que el lugar de la
infracción pone lo siguiente:
DR TOLO.LATOUR ES/N
Y el precepto infringido:
65 4
d LSV /
61 ORD. MOV.
Y vuelvo a quedarme a cuadros.
Mi pregunta es ¿Cómo puedo luchar contra ello? ¿Puede un agente multarme porque sí, abusivamente?
¿Puedo solicitar una foto del momento para demostrar que mi coche estaba bien estacionado?
No sé que hacer, este tema me queda grande
¿Alguien me puede ayudar o asesorar?
Perdón por la extensión del mensaje, pero no quería que se me quedara nada en el tintero.

3 Respuestas

Respuesta
1

Deberá recurrir la multa si usted cree que no se la deberían haber puesto, que por lo visto es así.

Puede solicitar la imagen del vehículo mal estacionado, que probablemente no la tengan. Pero yo le recomendaría aportar documentación fotográfica sobre la calle en la que se puso la multa, comunicando que no estaba mal estacionado ni obstaculizaba la circulación. Y que, de ser así, debería haber algún tipo de señalización que impidiera el estacionamiento en el lugar.

El problema de recurrir es que perdería la reducción del 50% y en la situación en la que me encuentro, para mí es un gran desembolso, sin embargo, me parece injusto. Tengo fotos de donde se encontraba el vehículo estacionado, pero me parece que va a ser mi palabra contra la del abusivo agente.

Si se ha fijado el el boletín de denuncia que me deja en mi parabrisas, no se digna a poner ningún número de la calle además de indicar un sólo precepto infringido. En cuanto a la notificación, como más arriba indico, el número de la calle no puesto, lo resuelve añadiéndole S/N y en los preceptos infringidos se añade uno más.

Esto no tiene ni pies ni cabeza, además de meterme una multa sin venir a cuento, se añaden datos a la notificación ¿Puede hacerlo? ¿La notificación no debe ser fiel reflejo del boletín de denuncia? porque si no es así, la indefensión aumentaría, porque el agente se saca de la manga lo que le da la gana, como es mi caso.

¿No hay defecto de forma (no sé que es eso) como he leído en otros casos de personas que también han publicado en esta página?

Muchísimas gracias por su atención.

El defecto de forma es muy difícil de aplicar, ya que todos los recursos van en la misma dirección, así que reducen el defecto a los que se puedan suponer reales, no a los fallos que pueda cometer el agente en la redacción de la multa.

De todas formas, en el recurso que usted pueda presentar, debería poner que en la calle sí que existen números, por lo que dejar S/N en lugar de la numeración correspondiente crea una indefensión a su favor. Explique el lugar exacto en el que estaba el vehículo, aduciendo que sí que existe un número que debería haber puesto el agente, aplicando la realidad de la situación.

En estos casos siempre es la palabra del agente contra la suya, pero si usted puede demostrar que el vehículo se encontraba bien estacionado, debería recurrir la sanción, ya que tiene los medios de prueba suficientes para acreditarlo.

Respuesta

Pues no vas a ser el único, me temo que uno de los agentes de la zona (cuyo numero de identificación poseo) tiene la costumbre de realizar este tipo de multas.

En mi caso, el coche estaba estacionado cercano al hospital 12 de Octubre, en un lugar donde no estorba a nadie ni al acceso de instalaciones ni acceso de entrada o giro de vehículos y tampoco hay ningún tipio de señalización que lo prohíba. Se trata también de la calle doctor latour tolosa, en la notificación solo indico la farola 52, que es el lado opuesto al que realmente estaba estacionado mi coche que era del lado de la farola 53.

En mi caso he puesto recurso de reposición para la tasa de retirada de mi vehículo del deposito (pues el mio se lo llevo la grúa) adjuntando foto realizada por el agente (si puedes solicitarla y te la envían por email) y justo ayer recibí la notificación de la multa, la cual voy a depositar alegaciones con las pruebas que dispongo, que consisten en fotos suplementarias y localización en un mapa de la zona exacta indicando el numero de la farola 52, la 53 y la intentar del estacionamiento de mi coche.

A parte he denunciado contra el agente en el juzgado guardia pues, tanto el portero del edificio de OHL colindante así como los agentes de la COMISARIA que hay justo EN FRENTE me han confirmado que se trata de una practica habitual y que a su juicio el estacionamiento esta permitido. Me temo que se trata de una trama abusiva todo esto, pues el hospital esta abarrotado de parkings a precio de lujo y pocas son las plazas para los familiares de provincia que vienen a visitar a sus cercanos ingresados que seguramente no disponen ni de tiempo ni conocimiento ni recursos para cuestionar la veracidad de la multa.
Solo espero que puedan devolverme el dinero de todo esto así como daños y perjuicios pues se trataba de coche de empresa pues en ese momento visitaba a mi madre que estaba ingresada y fue un día perdido de trabajo y malhumorado. Escribo este comentario para denunciar la practica del agente en cuestión que se deja llevar por directrices superiores o la comisión del gruista de turno.

Mi pregunta es, por inidcar la farola exacta y comprobarse en las fotos que no se trata de la misma, ¿tengo opciones de recuperar el dinero?

Sino,¿habría otra opción para demostrar que el sitio en cuestión no obstaculiza en absoluto?

Respuesta

A mi modo de ver el problema con el que usted se enfrenta radica en que el Código de Circulación otorga presunción de veracidad a las denuncias efectuadas por la policía. Esto es, y hablando en lenguaje más bien pedestre, que la palabra del policía siempre quedará sobre la suya. Como bien se ha dicho, al interponer usted un recurso pierde la posibilidad del descuento por pronto pago. De todas maneras, según indica el anterior comentarista, parece que tiene usted ciertas posibilidades de que le estimen el recurso, pero yo no me haría ilusiones, y más en estos tiempos en que, no se dice pero es así, la administración está afectada de un afán recaudatorio que hace que sus empleados, los funcionarios policiales en este caso, multen por doquier. En resumen, tiene usted dos opciones: pagar la mitad y olvidarse del asunto; o arriesgarse e interponer recurso y esperar que le salga bien, lo cual, a priori, parece difícil. Siento no poder serle de más ayuda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas