¿Puede un juzgado embargarme cantidad por reclamo de honorarios de un abogado de justicia gratuita?

Buenos días;

En el año 2010, fui despedido de una empresa, denuncié el despido y el minutos antes de celebrarse el juicio, se llegó a un acuerdo económico.

Como estaba en el paro desde hacia más de un año, y antes había estado residiendo y trabajando fuera de españa, solicité asistencia de un letrado a través de la justicia gratuita.

Se me asignó un abogado de oficio, el cual presentó la demanda pertinente. El día del juicio como he comentado, se llegó a un acuerdo económico para no celebrarse el mismo. Cual ha sido mi sorpresa, cuando el abogado me reclamó vía judicial sus honorarios por un importe de 1.600€, cuando en ningún momento me notificó que me cobraría nada.

Ante esta demanda presentada, fui al colegio de abogados de la localidad, el cual me informo que no era legal. Presenté queja ante el comité Deontológico.

El propio colegio de abogados me redacto un documento pidiendo la suspensión cautelar de la causa para poder aportar las pruebas de que yo era beneficiario de la justicia gratuita.

El propio colegio de abogados me hizo rellenar un nuevo formulario para pedir un nuevo abogado de oficio para afrontar la demanda del anterior abogado.

Hasta la fecha no he recibido contestación por parte del colegio si tengo o no aprobada la justicia gratuita solicitada, si en el primer caso, se me aprobó de manera definitiva la justicia gratuita, pero el juzgado ya me ha embargado.

Al ir al juzgado, me dicen que yo no he presentado ninguna documentación, cosa incierta puesto que la secretaria judicial se fotocopio mi solicitud de justicia gratuita con la asignación pertinente del primer abogado.

Hará cosa de dos meses, el juzgado me envío una carta donde se me informaba que se había solicitado copia de los dos expedientes donde se solicitaba la justicia gratuita.

No he tenido mas noticias del juzgado mas que el embargo ya ejecutado en mi cuenta.

¿ Puede embargarme sin haberme notificado resolución del caso?

¿ Puede la jueza mandar el embargo si todavía estar el tema de la designación de oficio de abogados de justicia gratuita?

¿ Puede ser que la secretaria judicial me informe que el colegio de abogados no le ha facilitado ninguna documentación acerca de mis peticiones de justicia gratuita y la jueza determine el embargo?

¿ Puedo entender que se esta vulnerando el articulo 24 de la CE sobre la TUTELA JUDICIAL EFECTIVA?

ME comentan en juzgados que cuando reciba la notificación en casa, para Septiembre puesto que el mes de Agosto es inhábil ( mi embargo esta fechado el 01/08/2012!!), podré presentar recurso desestimatorio del embargo. En el colegio de abogados, me infoman que hasta el mes de Septiembre no me podrán decir si tengo o no confirmada alguna de las dos peticiones de justicia gratuita, puesto que en el mes de AGosto, están bajo mínimos en los servicios.

¿ Que debo hacer ante esta situación? ¿ Se ha obrado correctamente desde el colegio de abogados y desde juzgados??

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