Separación de bienes

Estoy casado en régimen de  bienes gananciales  y tengo un piso  escriturado a nombre de mi mujer y mió.
Queremos hacer separación de bienes,   y el piso me  lo voy a quedar a mi nombre, pero no se exactamente  los tributos e impuestos que tengo que pagar por  efectuar ese cambio.
Como la mitad del piso es mía. Me imagino que solo tendría que pagar por el 50 por ciento del resto que falta para ponerlo  a mi  nombre. ¿
Tengo que pagar integro el impuesto de transmisiones 7%.?
Le agradezco de antemano su información.
Saludo

2 Respuestas

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No tiene que pagar nada. La liquidación de la sociedad de gananciales es un pacto en virtud del cual un matrimonio se reparte el patrimonio habido hasta el momento de la separación de bienes. Se supone que si usted recibe un 50% del piso, su esposa recibirá otra cosa o dinero en efectivo. Lo que tiene que hacer en las escrituras es cuadrar la cuenta: la mitad del piso para usted y otra cosa (o dinero) que valga lo mismo para su esposa. Así la cuenta queda a cero, puesto que usted incorpora algo pero también pierde algo del mismo valor. En la propia notaría le montarán las escrituras para que no tenga que tributar. Es totalmente legal.

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Pero lamentablemente
El Derecho Fiscal y Tributario no es mi especialidad, motivo por el cual no puedo ayudarle en

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