Demanda por queja en libro reclamaciones en portugal

Paso a plantear el caso lo más brevemente posible.
Tengo 45 años, estoy divorciado y con un hijo. Mi nacionalidad es española y vivo en la ciudad de Barcelona desde hace más de 10 años.
En el verano de hace 4 años estuve con mi pareja actual, de vacaciones en Portugal. Una noche entramos en un restaurante de la zona del Algarve. El propietario nos indico la mesa donde podíamos sentarnos.
Necesitábamos cargar la batería de la videocámara y sin pedir permiso decidimos conectar el cargador al enchufé que había más cercano a la mesa donde estábamos.
El propietario al ver esto, se enfado claramente y nos dijo de malas maneras que nos fuéramos.
Llegado este momento le pedimos el libro de reclamaciones para hace constar los hechos que considerábamos desproporcionados. El se negó a dárnoslo y me sugirió que si quería que se lo diera, tendría que venir la policía. Fuimos a la comisaría más cercana y expusimos el caso al agente de guardia. Nos acompañaron dos agentes hasta el restaurante.
La policía le obligo a entregar el libro para redactar la reclamación que queríamos realizar.
Uno de los agentes de policía me tomo los datos de mi DNI.
Pasan 4 años de estos hechos y el día 25 de mayo del 2011, es decir la semana pasada, recibo una carta certificada citándome a un juzgado de Portugal el día 21 de mayo del 2011.
¿Esta citación incluye varios apartados indicando que si no me presento habré de pagar una multa de 102?, además de los gastos de defensa de la parte contraria.
(Adjunto la carta original en portugués y una traducción rápida de la misma, hay algunos errores de conversión de caracteres)
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(En portugues)
(En castellano)
Registado com Aviso de Recepcao
Exmo(a). Senhor(a)
Alberto Fernández Rodrigues
Sant Juan de Malta, 41-2° 4°
Barcelona
Espanha
Processo: 671/11.2TBLGS I Recurso (Contra Ordena9ao) IN/Referencia: 2166020
Data: 16-05-2011
Recorrido: Comissao de Aplica9ao de Coimas Em Matéria Económica e Publicidade
Recorrente: Joao Manuel Correia Pacheco
Assunto: Notificacao
Fica V. Exa notificado, na qualidade de Testemunha indicado(a) pelo(a) Recorrido
Comissao de Aplica9ao de Coimas Em Matéria Económica e Publicidade, nos termos e para os efeitos a seguir mencionados:
Para comparecer neste Tribunal, no próximo día 21-05-2011, as 14:00 horas, a fim
de ser ouvido em audiencia de julgamento, nos autos acima referenciados.
Da advertencia de que, caso falte e nao justifique a falta no prazo legal, (por motivo
previsível: com cinco dias de antecedencia; por motivo imprevisível: no dia e hora
designados - art.o 117°, n.O 2 do e.p.p.), fica sujeito ao pagamento de uma soma entre 2
e 10 U.C's (U.C = ? 102,00), sem prejuízo de vir a ser ordenado a sua deten9ao pelo tempo indispensável a realiza9ao da diligencia e, bem assim, de ser condenado no pagamento das des pesas ocasionadas pela sua nao comparencia, nomeadamente, das relacionadas com notifica90es, expediente e desloca9ao de pessoas - art.o 116°, n.o 1 e 2 do C. P. Penal.
Da comunica9ao deve constar, sob pena de nao justifica~ao da falta, a indica9ao
do respectivo motivo, do local onde o faltoso pode ser encontrado e da dura9ao previsível do impedimento. Os elementos de prova da impossibilidade do comparecimento devem ser apresentados com a comunica9ao referida no número anterior, salvo tratando-se de impedimento imprevisível. Comunicado no próprio dia e hora, caso em que, por motivo justificado, podem os mesmos ser apresentados até ao 3° dia útil seguinte. Nao podem ser indicadas mais de tres testemunhas. - nOs 2 e 3, do artO 117° do C.P. Penal.
Na qualidade de testemunha, pode fazer-se acompanhar de advogado, nos termos
do disposto no artO 132°, nO 4, do C. P. Penal.
A presente notificacao presume-se efectuada no 3° día útil posterior ao do seu envío
- arto ° 113°, n. ° 2 do C. P. Penal.
A Escrivao I~unto,
Mécia larra/ho
Solicita-se que na resposta seja indicada a referencia deste documento e n.o de proceso
Processado por computador
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Procedimiento: Puedo apelar 671/11.2TBLGS (Contra Ordena9ao) EN / Referencia: 2166020
Fecha: 05/16/2011
Demandada: Comisión Aplica9ao Multas de Asuntos Económicos y Publicidad
Demandante: Manuel Joao Correia Pacheco
Asunto: Notificación
V. Es Exa notificado como testigo de lo indicado por (a) (a) demandado
Comité de Aplica9ao Multas Publicidad de Asuntos Económicos y bajo y
los efectos mencionados a continuación:
Para aparecer en este Tribunal de octubre 21/05/2011, 14:00 horas, a fin
a ser oído en el juicio, entre los documentos antes mencionados.
La advertencia de que, si no faltan, y justifica el fracaso en el plazo reglamentario, (debido predecible: cinco días de antelación, porque impredecible: el día y hora
designado - art.o 117, el apartado 2 del PPE), estará supeditada al pago de una suma de dos y 10 UC (UC = ? 102.00), sin perjuicio de ser ordenado por el tiempo que su deten9ao realiza9ao esencial para la diligencia y, además de ser condenada en
des los gastos ocasionados por su cliente no se presenta, en particular los relacionados notifica90es, pertinente y la gente desloca9ao - art.o 116 ° en 1 y 2 de C. P. Penal.
Desde comunica9ao se Declaro bajo pena de ~ no justifica la falta de la indica9ao
de su razón, el lugar donde se puede encontrar la falla y dura9ao predecible
de impedimento. La evidencia no pudo asistir deben
comunica9ao presenta en el párrafo anterior, salvo en el caso de
impedimento imprevisible. Informó el mismo día y hora, en cuyo caso, porque
justificada, podrán ser presentadas por el 3er día hábil siguiente. No se puede
se indica más de tres testigos. - Los apartados 2 y 3, Arto 117 ° C. De P. Penal.
Como testigo, puede ser acompañado por un abogado, de conformidad
arto de lo dispuesto en el 132 °, n º 4, C. P. Penal.
Este aviso se considerará que han tenido lugar en el día tercero de trabajo después de su envío a - Arto 113 A tenor del artículo 2 de la C. P. Penal.
El secretario de I ~ unto,
Larra Mecia / ho
Pidió que la respuesta se indica la referencia de este documento y el proceso
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Preguntas que se me ocurren:
· La notificación ha llegado 4 días tarde. ¿Supongo esto inválida esta citación?
· ¿Qué es exactamente lo que el propietario del local está reclamando? ¿Qué tipo de compensación se reclama en estos casos?
· En caso que decida ignorar este tema. ¿Cuáles serian las consecuencias?
· ¿Imagino habrá una segunda citación? ¿Es así?
· ¿Pueden realizar algún embargo a mis...

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1º. La notificación efectuada fuera de plazo invalida el juicio, que no se puede celebrar en ninguna circunstancia.
2º. El propietario del local cursó una denuncia en contra de su pareja y de usted, pero por la vía penal, lo que aquí se conoce como juicio de faltas. No tiene nada que ver con la reclamación que ustedes interpusieron. Es distinta y va directamente al juzgado. (Posiblemente por falta de comportamiento en su local, robo de corriente eléctrica o proferir improperios).
3º. No habrá ninguna consecuencia si usted decide ignorar el tema, porque estos hechos está prescritos de conformidad con el código penal portugués.
4º. Puede que haya una segunda citación para otro juicio, pero si no acude el juez declarará cerrado el tema en el acto (por prescripción o por falta de pruebas). No se puede dictar providencia de embargo sobre bienes que no estén en Portugal.
5º. Mi consejo es que se olvide del asunto. Si sigue teniendo interés y habla un poco de portugués, llame al juzgado de referencia y pregunte por el asunto. Pero es un viejo tema sin interés.

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