Reclamación de costas de procurador

He recibido un exhorto del juzgado de 1ª instancia en el que me reclaman las costas de procurador por un juicio en el que gané hace siete años y al contrario condenaron a pagar las costas, a parte de tener que pagarme una indemnización de 5400 euros, de los que solo cobré 200 euros que embargaban de su nómina en lo que estuvo trabajando el contrario. ¿Por qué ahora me reclaman unas costas que teóricamente son hacia él? ¿Y por qué después de siete años? Un saludo y gracias

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En principio si las costas se las impusieron a la otra parte no te debería cobrar el procurador, y más con el tiempo transcurrido
Presenta un escrito en el juzgado impugnando las costas por indebidas alegando que las costas fueron impuestas a la otra parte y además que han prescrito
El art 1967 del Código civil señala: Por el transcurso de tres años prescriben las acciones para el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
1. La de pagar a los Jueces, Abogados, Registradores, Notarios, Escribanos, peritos, agentes y curiales sus honorarios y derechos, y los gastos y desembolsos que hubiesen realizado en el desempeño de sus cargos u oficios en los asuntos a que las obligaciones se refieran.
El Tribunal supremo ha señalado que en caso de condena en costas se aplica el plazo general de prescripción de 15 años, pero éste no es tu caso, pues tu no has sido condenado en costas, por lo que entiendo es de aplicación el artículo que te comento
Puedes también poner una queja en el Colegio de Procuradores

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