Interpretación literal de la ley

Hola:
Mira he cometido una infracción de aparcamiento y me la han calificado como grave. Yo no estoy de acuerdo en que sea grave. El caso es que me la han comunicaco a los cinco meses y yo creo que lo de la gravedad es para que en el ayuntamiento tengan más tiempo para tramitarla y para cobrar más. Me gustaría saber si efectivamente es grave o es leve. En este último caso la infracción ya habría prescrito.
He mirado el artículo del Reglamento de Circulación que dicen que he infringido (91.2.g) y que dice que la infracción es grave dice literalmente: "Cuando el estacionamiento tenga lugar en una zona reservada a carga y descarga, durante las horas de utilización".
Mi pregunta es: Cuando dice la norma cuando el estacionamiento tenga lugar... Durante las horas de limitación, ¿quiere decir que si aparcas durante esas horas la infracción es grave?. ¿Se puede interpretar que si has estacionado allí antes de comenzar la limitación y te multan cuando ya ha comenzado la infracción existe pero no es grave sino leve?
Respuesta
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Si, la ley señala que cuando aparcas en la zona en la hora establecida a sanción es grave y eso no puede interpretarse de otra forma. Eso si, en cualquier caso realiza tus alegaciones para que al menos alegues que realizaste el estaciomaiento antes de la prihibicion solicitando que el agente se ratifique. Otra cosa, si la multa te la puso un agente que no sea policía local, recurre señalando que no son agnetes de la autoridad y por tanto no están capacitados pra poner denuncias, solo para poner en conocimiento y así como el agente dnunciante no puede ratificarse en el informe puede que te quiten la multa

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