Reclamar puntos a la xunta de galicia

No se si me podría asesorar. Me he presentado a las listas de la Xunta de Galicia para personal laboral y me denegaron los puntos por haber prestado servicios en una administración pública. Estuve trabajando en la Universidad a través de una empresa. En el diario oficial de Galicia de fecha miércoles 16 de abril de 2003 pone que concederán 0,25 puntos hasta un máximo de 15 por cada mes de "servicios prestados" en administraciones públicas. En ningún momento indica por quién estás contratado sino que prestes dichos servicios. Acabo de hacer un recurso de alzada para reclamarlos pero me hace falta algún antecedente. Sé que en pesca, creo que en Villagarcía de Arosa, un chico reclamó sus puntos por haber trabajado en la Xunta a través de una ETT y se los concedieron, pero necesitaba conseguir la sentencia. ¿Habría alguna forma de obtener esta sentencia con sólo estos datos? ¿Tengo alguna posibilidad?.

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Te comento que en mi opinión el Tribunal tendría obligación de valorar tu puntuación siempre que la empresa fuera sólo un intermediario y la relación de servicio se constituyera con la Universidad, es decir, que fuera ésta la que te pagara el salario y demás obligaciones de Seguridad Social. El problema es que lo normal es que sea precisamente al contrario, que tú trabajaras para la empresa privada y ésta acordara tu cesión a la Universidad para la realización de un servicio determinado. La expresión "servicios prestados" es un concepto jurídico indeterminado que normalmente se caracteriza por la existencia de las notas que te he mencionado, y aunque es complicado, si no te dan la razón en vía administrativa puedes acudir al contencioso con ciertas opciones, pues lo que sí está claro es que la interpretación de lo que sean "servicios prestados" sólo admite una única respuesta y no puede quedar al arbitrio de lo que el Tribunal Calificador considere a su antojo discreccional. En tu caso no veo otra salida que la decisión judicial, con el problema existente de que la defensa sólo puede realizarse con interpretaciones razonadas, dado que no existe norma expresa, y también, lógicamente, con jurisprudencia, pero no puedo decirte ninguna sentencia porque para eso se necesita una buena base de datos (aranzadi, westlaw...) y carezco de ella. Te aconsejo que acudas a una asesoría, que seguro que tienen, y muchas son gratuitas, por ejemplo en tu Ayuntamiento, en atención a la juventud, en el colegio de abogados de tu región, etc.

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