Plus salarial turno noche

Buenas noches.

LLevo trabajando en una empresa del ámbito sanitario 1 año y medio, todo este tiempo lo he trabajado en el Turno de la Noche cobrando el plus de nocturnidad tal y como marca el convenio...

Actualmente nos han impuesto a los de la noche rotar al turno de la mañana durante un periodo de prueba y nos han quitado el plus de nocturnidad.

Informándome he encontrado esto:

- Según el ET el horario de nocturno es de 22 a 06h y se considera trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como aquel que se prevea que puede realizar en tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada laboral.

- Según la STS 23/05/11, lo importante no es la constatación real a final del año del numero de horas de trabajo cumplidas en periodo nocturno por cada trabajador, sino la programación del trabajo, ya que se trata de una previsión que opera sobre un supuesto de normalidad en el desarrollo del mismo.

Es decir que si estoy sometido a 3 turnos rotatorios (mañana, tarde y noche) y el turno de noche no fuera mas corto que los otros dos tendría la condición de trabajador nocturno incluso trabajando de día ya que he realizado 1/3 parte de mi jornada anual en la noche y se valora que en cualquier momento podría trabajar de noche.

Analizando esto debo cobrar el plus de nocturnidad estos 4 meses aunque trabaje de día?

He trabajado 2/3 partes de noche este año.... De enero a Septiembre.

Como lo veis??

Un saludo y gracias.

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