Cobrar paro si pido baja voluntaria

Tengo una duda al respecto del cobro del paro, os pongo en cuestión:

Estaba cobrando el paro por las cotizaciones obtenidas de un trabajo en el cual me despidieron, paro del que me quedan 7 meses, en la actualidad he aceptado un trabajo con un contrato indefinido y periodo de prueba de 3 meses en el que no estoy nada cómodo, he intentado darme un tiempo para ver el tema con perspectiva, pero siempre vuelvo a la misma solución, que no siga en el actual puesto de trabajo.

La cuestión es clara, que opciones tengo para no perder el derecho a los 7 meses de paro que me restan, ya que si pido la baja voluntaria, creo que no tengo derecho a paro, pero no se si se refiere al paro generado en el último puesto (el que dejaría) o al anterior; y si tengo la opción de conservar el paro si soy yo el que decide no seguir una vez se consuma el periodo de prueba.

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Sin usted solicita la baja voluntaria no tiene derecho a percibir indemnización alguna ni al cobro de prestaciones por desempleo.

La solución en su caso sería que hablara con la empresa a fin de comunicarle su situación y que ellos hicieran uso del derecho que les faculta para extinguir su contrato en el periodo de prueba (art. 14 del Estatuto de los Trabajadores). En ese caso ellos no pagarán indemnización alguna (si deben abonarle finiquito) y usted tendrá derecho al cobro de prestaciones optando entre lo generado con su actual trabajo o los 7 meses que le restaban.

Buenas tardes,

Primeramente gracias por la respuesta, según indica perdería el derecho al cobro de la prestación, pero me surge una nueva duda, ya que me habían informado que el derecho no se pierde, simplemente se retrasaba el cobro durante un tiempo de 3 meses, aunque de esta afirmación no estoy nada seguro.

De igual manera me habían informado de que la perdida del derecho se daba si después de haber tenido una baja voluntario en un contrato anterior no permanecías 3 meses en el contrato siguiente o volvías a solicitar la baja voluntaria en este último contrato, es decir, baja voluntaria + baja voluntaria.

Y por último, si la prestación inicial (de la que me quedan 7 meses) está ya aprobada y concedida, como pueden denegarte el derecho sobre ella, entendería que no pudieras tener derecho sobre la nueva (la generada en el contrato que rescindes con baja voluntaria) o como me han indicado tuvieras que elegir entre ambas, pero quitarte el derecho, provoca que la gente apure las prestaciones no?, por el riesgo de los trabajos temporales.

Un saludo y gracias.

Lo que yo tengo entendido al menos es que era como le he comentado, ahora bien si se ha cambiado la normativa en los últimos meses (que actualmente hay mucho cambio en cuestiones laborales) ya no puedo decirle. Las personas que gestionan eso son las que conocen estos temas. Le aconsejo que para estar seguro al 100% acuda a su oficina del SEPE a fin de que el funcionario o asimilado encargado le asesore. Un saludo

Siento no poder responderle con una fiabilidad del 100% pero al ser una cuestión administrativa esa fiabilidad sólo se la otorga el funcionario de turno.

Muchas gracias igualmente, pero crees que si planteo esto a un funcionario del SEPE me va a responder, o simplemente puedo realizarle la consulta por mera información.

Un saludo.

Debe responderle porque son los encargados de tramitar estas cuestiones. Cuando he ido al SEPE a preguntar algo siempre me han respondido correctamente.

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