Rescindir el contrato

Me han cambiado el horario de trabajo, yo iva de 14 a 22 horas de lunes a viernes y ahora me han puesto de 6 a 14 horas de lunes a viernes.
Mi problema es que yo estudio una carrera (no relacionada con el trabajo) y el nuevo horario me coincide con las clases. Me pregunto si es recomendable pedir la recinsion del contrato debido al perjuicio que me ocasiona el cambio sustancial en las condiciones de trabajo con la consiguiente indemnización de 20 días por año trabajado. La empresa en principio es contraria a ello por lo que de lo más seguro tendría que ir a juicio. ¿Tengo posibilidad de que salga bien?

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Te puedes acoger al art. 50.1.a de estatuto de los trabajadores.
Si tienes que ir a juicio demuestra que el cambio de horario es perjudicial para tus estudios y lo más seguro es que juicio salga bien.
Te aconsejo que busques un graduado social para que te haga los tramites para la demanda.
Solo una cosa más,
¿quanto crees que puede tardar en realizarse el juicio en Barcelona?
¿Crees qué tengo derecho a la indemnización de 45 días por año trabajado aunque la carrera no tenga nada que ver con el trabajo que estoy desenpeñando en la empresa?
¿Si la solicitud no sale bien tengo la posibilidad de intentarlo otra vez, por ejemplo presentando recurso?
Muchas gracias
En Barcelona no se como van los tiempos de los tramites, Soy de madrid y aquí más o menos se tarda 2 meses en celebrarse el juicio.
La indemnización que te corresponde es de 20 días ya que haces una extinción del contrato por una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que es el cambio horario reflejado en el contrato.
Lo de la carrera en indiferente para presentar la demanda, no tiene que ver los estudios con tu puesto de trabajo por un cambio horario.
Si tienes que interponer una demanda es porque la empresa no acepta la extinción y se niega a pagarte la indemnización de 20 días por año trabajado
Y si tienes que ir a juicio y el fallo es a favor de la empresa, puedes interponer un recurso al tribunal superior de justicia de cataluña.
No obstante acude a un graduado social para que lleve todos los temas de la demanda.
¿Puedo presentar la demanda sin pedir la rescisión a la empresa?
¿No puedo optar a la indemnización de 45 dias/año por que me afecta a los estudios?
Gracias por tu atención.
La demanda solo la tienes que interponer cuando la empresa se niegue a darte la indemnización que te corresponde. Para estos temas solo puedes tener la indemnización de 20 días de salario por año trabajado.
En general la indemnización de 45 días de salario por año trabajado es cuando la empresa despide a un trabajador y el juez declara improcedente ese despido.

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