Hace 25 meses murió mi madre y no he podido aceptar mi herencia "hijo único"por falta de recursos.

Es una pregunta a continuación de otra aquí abajo referida. Después de toda la problemática resultante, resulta "que casualidad" hoy he recibido carta certificada de la diputación Barcelona en la que me requieren "15 días" la aceptación o no de dicha herencia presentando la documentación necesaria.

Te agradecería enormemente comentaras el camino a seguir para poder suavizar lo máximo posible las multas y tasas que me comentaste, documentación a presentar, etc. Vamos que estoy en estado de chock y necesito apoyo en este proceso, solo hace unas horas que recibí dicha carta.

Todo comentario y apoyo se agradecerá muchísimo, gracias, Deimos

(Hace 25 meses murió mi madre y no he podido aceptar mi herencia "hijo único"por falta de recursos. Vivo actualmente en casa de mi madre, "Barcelona" y no se cuando podre aceptarla, ¿la pregunta es que vía es la mas correcta para enderezar un poco dicha herencia?,

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Si ves que las posibles deudas que tuviera tu madre son inferiores al valor de la herencia creo que en tu caso la tienes que aceptar.

Las renuncias a las herencias han aumentado hasta duplicarse en los últimos años como consecuencia de la crisis. Las razones son, fundamentalmente, que el fallecido tiene deudas por valor superior al patrimonio que ha dejado, y, en menor medida, que los herederos no pueden pagar los a veces muy elevados impuestos de sucesiones (esto depende de cada comunidad autónoma).

Cuando una persona fallece, sus herederos –sean quienes sean, vengan determinados por el testamento que haya otorgado aquél o por disposición legal- han de decidir su aceptan su herencia o la rechazan (es lo que se llama repudiación). La aceptación puede ser expresa o tácita; es tácita si el heredero se realiza actos o negocios que no tendría derecho a hacer si no hubiera aceptado la herencia, por ejemplo, firmar un contrato de arrendamiento de un piso que era del fallecido, pero lo más habitual es que sea de modo expreso y ante notario. La renuncia nunca es tácita, ha de ser expresa y en documento público o auténtico. Ambas, aceptación y repudiación, son irrevocables, una vez que se otorgan ya no vale cambiar de opinión. Se es heredero o se deja de serlo con todas las consecuencias, y para siempre

Hola, pero que me repercutirá ya que hace 25 meses que murió mi madre, el problema es que atravieso un mal momento económico y si pasas de 9 meses hay multas añadidas, no?, gracias.

P.D. Soy de barcelona

Tema de multas paran a los 3 años, pero en esto hay que ser rapido para que al final no te quedes sin nada.

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