Usufructo y nuda propiedad

Buenas tardes, mi padre tiene tres hermanos y una fallecida, la difunta dejo en usufructo su parte a uno de los hermanos y los demás tienen la nuda propiedad, no sabemos que significa y que puede suponer para repartir unos locales que es de lo que se trata. Mi tío que tiene el usufructo vive solo y no quiere hablar con nadie, ni siquiera con sus 5 hijos, muchas gracias
Respuesta
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No lo expone nada claro, pero intentaré adivinar.
Me parece entender que su padre son 5 hermanos (su padre, tres hermanos y una fallecida).
Y que al parecer (sigo imaginando) recibieron una herencia de sus padres ya fallecidos.
Y que esa herencia era unos locales.
Por lo que dice, imagino que sus abuelos dejarían su herencia a todos sus hijos, de forma que ahora cada uno es propietario (por herencia) de un 20% de cada local.
Una tía suya fallece y deja su 20% a repartir entre sus hermanos, (imagino otra vez) que a partes iguales.
Por ello, su padre y hermanos tienen un 5% más cada uno.
Y que el usufructo de ese 20% de la tía fallecida, se lo deja a uno solo.
Bueno, pues su padre y hermanos, son propietarios (herederos) de un 25%.
Pero un 5% de cada uno, es "nuda propiedad". El 20% restante es propiedad pura.
Porque es propiedad y hay usufructo.
Usufructo significa que tiene derecho a goce y disfrute. Pero no es propiedad.
O sea, que si por ejemplo un local se alquila, pongamos en 1.000 euros, cada hermano es propietario de un 25%, pero solo tienen derecho a recibir un 20% de la renta.
O sea, 200 euros.
Pero uno de los hermanos, recibe su 25% y por el derecho de usufructo un 5% de la parte de sus hermanos.
O sea, que tres hermanos cobrarían 200 euros cada uno, y el otro 400 euros.
Repito que usufructo no es propiedad. La propiedad del 20% de la tía fallecida está repartida, pero el usufructo da derecho a recibir los frutos al completo del 20% de la fallecida.
El usufructo desaparece justo en el momento en el que ese hermano fallezca, porque no lo puede vender, ni donar ni dejar en herencia.
En sus obligaciones como usufructuario, está el colaborar en su parte a mantener lo recibido en buen estado, pagar gastos, impuestos, etc.
Diciéndolo de forma simple, es un préstamo, para gozar, disfrutar o ganar, pero la propiedad es de todos.
No me extiendo más, porque no se si con tanto "adivinar", estoy en el camino correcto, para entender la situación real.
Tampoco me dice, y mi contestación es adivinando, si su padre y hermanos aceptaron la herencia dfe los abuelos y si aceptaron la herencia de la tía fallecida.
Hay que hacerlo ante notario en escritura pública.
Bueno, si he acertado en todo, pues pregunta contestada, pero si no, por favor, exponga con claridad la situación, porque un pequeño dato que le pueda parecer de poca importancia, alteraría todo.
Un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se quede libre.

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