Separación

Hola, soy un hombre de 33 años con dos hijas (de 1 y 3 años)que vivo en baleares desde hace 10 años y me case hace 5 años con una chica de aquí. Compré una casa de dos habitaciones a medias con ella por la que pago hipoteca de 150 e mes y tengo dos coches de 4 años de antigüedad y precio de compra de 18mil (el mio) y 6 mil euros, mis ingresos anuales brutos son de 22 mil euros y los de mi mujer 12mil.
Suponiendo que estoy en separación de bienes por el régimen balear. 1- ¿Qué pensión aproximadamente sería para mis hijas? 2- ¿Le tendría que pasar alguna a mi mujer suponiendo que tengo que abandonar la casa y pagar alquiler? 3-¿Si tengo acciones en una cuenta de valores a mi nombre pero asociada a una cuenta bancaria en la que elle es 2º titular, tendría que repartir con ella esto (las compré de soltero)?
Todo esto suponiendo la custodia para ella al ser mujer.
GRACIAS anticipadas por vuestra respuesta, comprendiendo que solo me deis una cantidad aproximada y orientativa.

2 respuestas

Respuesta
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Con relación a la posible pensión compensatoria para su mujer, entiendo que no habrá lugar a la misma y ello en base a los siguientes motivos: La corta duración del matrimonio, la juventud de su esposa, y lo más importante que tiene ingresos propios (por lo que la separación no le va a producir grandes desequilibrios económicos); obviamente, caso de que se le concediera, habría de ser temporal durante dos o tres años y por cuantía mínima.
Con relación a las acciones, si efectivamente están a su nombre, debe dar en su banco orden de cambio de desvinculación, puesto que si se procede a su venta, el valor de las mismas se ingresará en la cuenta de la que la misma es titular y podrá disponer del saldo.
Con relación a la pensión de alimentos para sus hijas, y aún teniendo en cuenta, que es posible deba hacerse Vd. cargo de la hipoteca de la vivienda en concepto de cargas familiares y que la misma sea adjudicada a las menores y al cónyuge al que le concedadn la custodia; considero que la pensión alimenticia podría ser la de 350 euros por cada una de las hijas.
Le recomiendo un mutuo acuerdo.
Vuestra respuesta me ha aclarado mis dudas de una forma sencilla, rápida y muy cómoda. Os estoy muy agradecido por vuestra ayuda. Mil gracias
Respuesta
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Las pensiones de alimentos son fijadas en función de las necesidades de quienes la perciben (hijos) y de los medios de que dispone el obligado al pago (progenitores). Igualmente para su fijación habrá que tener en cuenta si trabajan o no ambos progenitores. No existe una cifra al respecto. Cada pensión obedece a unas necesidades concretas por lo que para su fijación habrán de tenerse en cuenta diferentes factores.
Teniendo en cuenta que no tienen bienes gananciales que repartir cada uno se quedará con aquellos bienes de su propiedad y para su reparto habrán de tenerse en cuenta las aportaciones realizadas por uno y otro.
Angel Palomino
www.palominoabogados.com

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