¿Extinción de condominio sin pago de compra real?

Queremos hacer extinción de condominio entre hermanos de una propiedad, pero el pago por la comprar de la propiedad no seria real, ya que la otra parte recibiría a cambio una propiedad más en herencia en un futuro y por tanto solo es un trámite para repartirnos los bienes en común. Nos han dicho que podemos ponerlo como si tuviéramos 10 años para efectuar la compraventa y solo hay que dejar pasar el tiempo, que nunca pagas, nunca te lo reclaman y ya está. La pregunta es: ¿Yo tengo que demostrar que tengo el dinero para comprar ahora? ¿Tendré que declararlo? No lo veo muy claro. Gracias.

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