Problemas con Hacienda por vivir en una vivienda familiar sin pagar alquiler.

Vivo en una vivienda de mis padres, por la que no pago alquiler, ¿Esto hay que declararlo? ¿Podemos tener problemas con Hacienda?. Estoy empadronada en esa casa, y pago la luz y el teléfono, recibos que están a mi nombre. El resto agua, comunidad, Impuestos, basuras, lo pagan mis padres como cuando la casa estaba vacía. Mis padres son jubilados y yo no tengo ningún ingreso, estoy en situación de desempleo más de tres años y cobro ninguna prestación.

1 respuesta

Respuesta
1

Puedes estar tranquila que no tendrás ningún problema...

Si la casa está a nombre de tus padres, los impuestos irán a su nombre.

También está muy bien que estés empadronada en esa casa; De este modo, en la declaración de la renta puedes poner que la tienes "en Usufructo" y tus padres se ahorrarán un dinero en impuestos extras por esa casa.

Un saludo y espero haber contribuido a solucionar tus dudas...

No sé si te he entendido bien, los impuestos de la casa los pagan ellos, sobre eso no tenía duda, son los propietarios. Mi duda es respecto al IRPF, he oído que Hacienda puede considerarlo como un alquiler y habría que declararlo y pagar a hacienda un 2% del valor catastral de la vivienda. La verdad no quiero que mis padres tengan problemas o se vean con una declaración paralela y una multa de Hacienda por dejar que viva en una casa de su propiedad que llevaba cerrada más de 20 años.

Respecto a lo incluir el uso de la vivienda en mi declaración, podrías explicármelo mejor. Aunque ahora mismo no tengo ingresos por lo que en principio ahora mismo no haría declaración.

Mil Gracias

Solo habría que pagar IVA en el caso de que se obtenga un beneficio por la vivienda...

... ¿Y cómo sabe hacienda que obtenemos beneficio? - Pues porque hay una deducción en la declaración de la renta, que si indicas que tienes la casa alquilada, te descuentan un 15%, Con esto, ya saben que el propietario tiene la casa alquilada y está recibiendo un ingreso extra... Entonces le pedirán el 21% de IVA por esos ingresos "extras" obtenidos en concepto de arrendamiento (y que ya saben la cuantía del arrendamiento porque se lo ha deducido el inquilino) -Es un truco muy fiable para descontar a uno un dinero a cambio de que declare el arrendamiento y "cascar" al propietario el iva correspondiente por ese arrendamiento; Deducen 15% a uno y le "cascan" 21% al otro...

Si en tu caso, no declaras nada (no estás obligada a hacer declaración de renta si no tienes vivienda ni ingresos), o si declaras la vivienda como usufructuario sin pedir deduciones de ningún tipo, ya se sobreentiende que no se trata de un alquiler, sino de una cesion y que no hay beneficio económico por parte del propietario..

El IRPF significa Impuesto de Retencion a Personas Físicas y consiste en que el pagador te retiene un porcentaje que ingresa en Hacienda a tu nombre (y asi saben cuánto has ganado). Este impuesto solo se aplica a rentas adineradas, nunca contra inmuebles o ingresos que no sean en dinero; Dicho de otro modo, no hay retencion en bienes inmobiliarios, cosa que es razonable... no pueden "retenerte" el 2,5% de tu casa, por ejemplo... Además, los bienes inmuebles ya tienen otro tipo de impuestos, como el IBI.

Pero pienso que estas confundida es en el tema del "2% de IRPF"... Verás:

Para evitar la picaresca y hacer contratos por importes ridiculos o simbólicos, Hacienda indica que los beneficios mínimos a obtener por el alquiler son del 2% sobre el valor catastral de la vivienda, y en caso de familiares, el 1,1%.

Pero nada que ver con aplicar ese 2% de cargo... Piensa que si una vivienda de 150.000€, la alquilan por 350€/mes, se obtienen unas rentas brutas de 4.200€ al año. Si tuviesen que pagar a Hacienda el 2% del valor catastral, esto serían 3.000€, el 71,43% del beneficio bruto obtenido por la renta... además habria que descontar los gastos de agua, luz, gas, comunidad. Etc, y casi que alquilar un piso, te costarlia más que dejarlo cerrado... No tiene ninguna lógica.

Espero haberme explicado mejor en esta ocasion, y si tienes cualquier otra duda, sera un placer aclarartela...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas