Impuesto al rodaje

Le agradecería me respondiera sobre este Impuesto. Si es obligatorio su abono en primer lugar y de ser así si el Ayuntamiento, puede hacer un embargo para cobrar ese tributo, al mes de vencer el periodo de pago voluntario del mismo.
Mi caso es así: el pago voluntario fue entre mayo y julio de 2008. El 2 de agosto, el Consorcio de Tributos comenzó un embargo (sin comunicarme nada) y en diciembre, se hizo efectivo ese embargo sobre la cuenta bancaria, (cuyo Nº desconocían) y el banco (CajaCanaria) embargo de la cuenta esa cantidad y la abono al consorcio. Debo agregar, que se cobraron el Rodaje de ese año de mi coche, y el del que vendí con fecha 11 de enero del 2008, con el Rodaje pago del año 2007, ya que el del año 2008, recién salio el pago el 8 de mayo de 2008).
Por lo que tengo entendido de legislación, quien traba un embargo es un Juez, y quien ordena el levantamiento del secreto bancario sobre la cuenta de la referida persona, todo eso luego de un juicio. Como es posible que un organismo de un Ayuntamiento, obre así por su cuenta, y más, ¿el banco lo apoye?
Muchas gracias por su consejo, y estoy a sus ordenes en mis categorías de experto. AAUG

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