Tributación vivienda no habitual

Hace un año compré con hipoteca una vivienda que en principio iba a ser habitual, sin embargo me veo obligada a venderla antes de 3 años con lo que si no me equivoco pierde la condición de habitual. Aún no me he desgravado nada por ella y sé que al no ser habitual tendré que pagar un 18% sobre el beneficio. Mi pregunta es si hay alguna manera de tributar menos y si ese 18% es haga lo que haga con el beneficio o si puedo reinvertir en otra vivienda habitual o segunda vivienda. Gracias.
Respuesta
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Aquí hay dos temas a tratar:
1) Venta de Vivienda Habitual.
Si has deducido, por la compra de esta vivienda, puede reclamarte los importes deducidos, a no ser que la venta se trate por alguna de estas causas:
- Traslado por empleo.
- Temas familiares (matrimonio, divorcio ...
- O por alguna circunstancia que exija obligatoriamente el cambio de vivienda.
Pero como comentas, no has deducido nada.
2) Ganancia Patrimonial.
Con la ganancia patrimonial, como indicas se debe declarar el 18 % de ese importe.
Pero estarías exento/a si lo reinviertes en su totalidad en la adquisición de otra vivienda habitual. Para esto, tienes un plazo de dos años para reinvertir.
Una pequeña aclaración: supongo (corrígeme si me equivoco) que si con este dinero compro una vivienda no habitual tendría que pagar el 18% íntegro. Pero si tengo dos años desde la venta para reinvertir, deduzco que el 18% no es necesario liquidarlo en la declaración del año de la venta a no ser que compre otra casa que resulte no ser habitual. No sé si me he explicado demasiado bien. Es que creo que la casa que compre va a ser segunda vivienda pero de momento no puedo estar segura. Gracias.
Exactamente es como indicas.
Pero con la ganancia patrimonial (de la venta), dispones de dos años para reinvertir en tu vivienda habitual. Hacienda, en el momento que detecte que lo has invertido en otra cosa que no sea vivienda habitual (p. Ejem. unas buenas vacaciones, un coche, ... etc), te reclamará el 18 % y los intereses por la demora.
Si no tocas la ganancia, puedes esperar 2 años para declararla a Hacienda, pero como no será vivienda habitual, también te reclamará el 18 %, más los intereses.

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