Donación o compraventa.

Hola Gandi.
Mis padres nos van a ceder su piso. Mi hermano abrió una cuenta vivienda hace tres años.
Se trata que mi hermano se quede con el piso hipotecándose y a cambio yo reciba una compensación, pues mi intención es cambiar de piso.
¿Cómo lo hacemos?, se puede como compra-venta o ha de ser como donación.
¿Podría desgravar mi hermano como vivienda habitual en los dos casos?
¿Cómo recibiría yo el dinero de mi hermano y como nos afectaría a los cuatro de de cara a hacienda?.
Se me olvidaba el piso está en Barcelona
Y somos de Barcelona.
Saludos.

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El impuesto de Donaciones es gradual, pero el tanto por ciento mínimo es 7,65%, mientras que el tipo para las compras es el 7%. Siempre es menos gravoso fiscalmente hacer una compra que una donación.
El dinero de cuenta vivienda le producirá beneficios fiscales en el IRPF y solo podría desgravárselo si hacéis compraventa.
La fórmula en la que tu has de recibir el dinero de tu hermano es más complicada. Lo único que se ocurre es que compréis tu el usufructo y tu hermano la nuda propiedad y luego tu renuncies a ese usufructo a cambio de cierta cantidad de dinero.
De todas formas, te recomiendo que acudas a un Notario y él te orientara sobre la mejor manera para realizar la operación

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