Dudas con desistimiento de alquiler. Ayuda

Hola buenos días le escribo este correo para comentarle una duda que tengo y ver como puedo resolverla.
Mi problema es el siguiente:
Mi pareja y yo estamos viviendo de alquiler y resulta que en el contrato de arrendamiento pone que el arrendamiento como tal se inició el día 1 Marzo de 2009 pero que la vivienda la ocuparíamos el 18 Feb. 2009.
La cosa es que la dueña nos hizo en este tiempo desde 2009 hasta ahora 2013 dos contratos de arrendamiento y cuando vio que ya no hacia falta no nos hizo mas porque entendía que era un contrato prorrogable de año en año hasta 5 años.
Como le digo llevamos viviendo en el piso desde 2009 hasta ahora, la cosa es que han pasado ya cuatro años y hemos tenido varios problemas con la dueña, problemas con el lavavajillas que nos tardó en solucionar, la nevera se estropeó y según ella no era de primera necesidad y también tardó en arreglarlo y le decimos que hay humedades y tampoco hizo caso, así que después de estos 4 años hemos decidido irnos de alquiler a otro sitio.
Mis dudas son :
Si es un contrato prorrogable de año en año hasta 5 años y llevamos 4 años viviendo aquí, podemos irnos avisándola con un mes de antelación sin perjuicio para nosotros?
La dueña nos hizo dos contratos en este tiempo , cual es el válido para preavisar? Uno lo firmamos en 14 Feb 2009 y el otro en 1 Marzo de 2010.
En el segundo contrato nos modificó cláusulas y nos pone una en la cual dice que debemos preavisar con un mes de antelación para irnos, lo cual lleva aparejado la obligación del pago de la renta correspondiente al mes de preaviso.
Necesito saber como preavisar y cuando exactamente para que no nos fastidie mas la dueña y no tener que pagar encima ninguna indemnización.
Estamos obligados a estar 5 años? Estando mal con la dueña.
Espero pueda darme alguna solución , muchas gracias de antemano.
Un saludo.

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Técnicamente el contrato que vale es el último (el de marzo-2010). Según ese contrato (y conforme a la legislación vigente), Ustedes se pueden marchar en cada vencimiento anual (marzo-2011, marzo-2012, marzo-2013, ...) preavisando con un mínimo de 1 mes de antelación.

Es decir, que si su intención es marcharse, lo podrá hacer en marzo-2013 (exactamente debe dejar la vivienda el 28/2/2013) siempre que avise a lo largo del mes de enero (así queda todo el mes de febrero más unos días para el "preaviso").

Por cuanto al modelo de preaviso, tiene uno en este enlace:

https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/modelo-desistimiento

Es importante que el día de la entrega de llaves hagan conjuntamente una revisión de la vivienda y documenten por escrito los desperfectos y taras encontrados, para así no llevarse sustos con la devolución de la fianza (devolución que se ha de realizar en los 30 días siguientes a la cancelación del contrato).

Suerte.

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